miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 140-08

QUE CONCEDE PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS SERVIDORES PUBLICOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 mar de 2008fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10461Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
25personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Juan Evangelista Gonzalez BuenoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sebastiin Garcia De LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Maria Suirez VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Rondon MenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado alas siguientes personas
Rafael Emilio Bido MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—Estado alas siguientes personas
Rosa Altagracia CorderoPensión—RD$5,000.00
Ilona Joselynes Paulino RodriguezPensión—RD$17,600.00
Altagracia SantanaPensión—RD$5,000.00
Benancia Ulina Mendez TrinidadPensión—RD$20,000.00
Gladys Josefina Lopez MolinaPensión—RD$10,000.00
Teresita de Jesus Martinez de MachucaPensión—RD$10,000.00
Julia Amada LeonardoPensión—RD$20,000.00
Carmen DiazPensión—
Maria Mercedes Rodriguez PerezPensión—RD$15,000.00
Silfa Aurora Rodriguez Mendez de EstevezPensión—RD$10,000.00
Delsi Perseveranda Acosta SanchezPensión—RD$12,680.00
Maria Olimpia Jesus M. de ThPensión—RD$5,000.00
Marisela Cedano MontasPensión—RD$5,000.00
Altagracia Mercedes Paz ViciosoPensión—RD$5,000.00
Norvia Nilda Hortencia Diaz Santil de AlanezPensión—RD$15,000.00
Jesulina Sanchez AcostaPensión—RD$3,000.00
Matilde Garidad Hernandez H. de MotaPensión—
Danilo Ernesto Rivera RinconPensión—RD$25,000.00
Leda Casilda Montas SangiovanniPensión—
Leonardo Camacho JimenezPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (24,488 caracteres)
Dec. No. 140-08 que concede pensiones del Estado a varios servidores publicos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 140-08 VISTO: El Articulo 8, de la Constitucihn de la Republica; VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; VISTO: El Decreto No.202-07 del 10 de octubre de 2007; VISTO: El Decreto No.704-07 del 18 de diciembre de 2007: En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55, de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una pension del Estado a 10s siguientes servidores publicos: 1.- A1 seiior Jacinto Morel Almonte, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 2.- A la seiiora Rosa Altagracia Cordero, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 3.- A la seiiora Ilona Joselynes Paulino Rodriguez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diecisiete mil seiscientos pesos con 00/100 (RD$17,600.00) mensuales. 4.- A1 seiior Carlos Ortega, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuatro mil quinientos pesos con 00/100 (RD$4,500.00) mensuales. 5.- A1 seiior Miguel h g e l Antonio Campillo Llibre, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diecisiete mil ochocientos pesos con 00/100 (RD$17,800.00) mensuales. Articulo 2.- Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una Pension Especial del Estado a 10s siguientes servidores publicos: 1- Despues de una labor de 33 aiios de servicio, a la seiiora Dolores Margarita Alt. Leyba Bonetti de Guerra, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veintiocho mil quinientos pesos con 00/100 (RD$28,500.00) mensuales. 2.- Despues de una labor de 55 aiios de servicio, a1 seiior Juan Evangelista Gonzalez Bueno, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta y dos pesos con 00/100 (RD$42,000.00) mensuales. 3.- Despues de una labor de 10 aiios de servicio, y por enfermedad, a1 seiior Sebastiin Garcia De Leon, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales. 4.- Despues de una labor de 26 aiios de servicio, a la seiiora Rosa Maria Suirez Vargas, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta y ocho mil pesos con 00/100 (RD$48,000.00) mensuales. Articulo 3.- Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una Pension Especial del Estado alas siguientes personas: 1.- A1 seiior Alfredo Gomez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 2.- A la seiiora Altagracia Santana, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales 3.- A1 seiior Rafael Antonio Peiia, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de dos mil seiscientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$2,650.00) mensuales. 4.- A1 seiior Esteban Rafael Ramos Collado, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de dos mil seiscientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$2,650.00) mensuales. 5.- A la seiiora Benancia Ulina Mendez Trinidad, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 6.- A la seiiora Gladys Josefina Lopez Molina, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 7.- A la seiiora Teresita de Jesus Martinez de Machuca, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 8.- A la seiiora Julia Amada Leonardo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 9.- A1 seiior Jose Alfredo Doan Medina, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 10.- A la seiiora Carmen Diaz, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO) mensuales. 11.- A la seiiora Maria Mercedes Rodriguez Perez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 12.- A la seiiora Silfa Aurora Rodriguez Mendez de Estevez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales. 13.- A la seiiora Delsi Perseveranda Acosta Sanchez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula], con una pension del Estado de doce mil seiscientos ochenta pesos con 00/100 (RD$12,680.00) mensuales. 14.- A la seiiora h g e l a Dolores Fernindez de hgeles, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales. 15.- A la seiiora Maria Olimpia Jesus M. de Then, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 16.- A la seiiora Marisela Cedano Montas, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 17.- A la seiiora Altagracia Mercedes Paz Vicioso, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales. 18.- A la seiiora Norvia Nilda Hortencia Diaz Santil de Alanez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 19.- A la seiiora Jesulina Sanchez Acosta, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de tres mil pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales. 20.- A1 artista plastico, seiior Rafael Rondon Mena, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales. 21.- A1 reporter0 grafico, seiior Rafael Emilio Bido Medina, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales. 22.- A1 seiior Francisco Antonio Moronta, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de dos mil seiscientos cincuenta pesos con 00/100 (RD$2,650.00) mensuales. 23.- A1 servidor publico, seiior Rafael Perez, con una pension del Estado de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00), mensuales. Articulo 4.- Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: 1.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior Blas Antonio Almonte Guillen, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 2.-A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ramona Herminia Pereyra Suazo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 3.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Martina Gil Romin, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 4.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor del seiior Jose Antonio De Peiia Hidalgo, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 5.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Asia Santos Laureano, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 6.- A la suma de treinta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Germania Altagracia Abate Exposito, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 7.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior Eligio Alcantara Fragozo, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 8.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Flerida Celeste Pichardo de Bernard, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 9.- A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Clara Josefina Ceballos Perez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 10.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Berkys Ramirez Encarnacion, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 11.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana Consuelo Alminzar Fdez. de Peguero, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 12.- A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Lilia Margarita Ceballos A. de Espineira, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 13.- A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Elena Aurora Sanchez Reynoso, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 14.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Irma Ines Carias Marra, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 15.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana Vicenta de Jesus Restituyo de Bido, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 16.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Carmen Celia Gonzalez de Hoogliuter, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 17.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la seiiora h g e l a Iluminada Alcantara, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 18.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del seiior Andres Maria Nova, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 19.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor del seiior Luis Felipe Brea, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 20.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Carmen Pereira Alcequiez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 21.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor del seiior Antonio Nicolas Rodriguez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 22.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Nidia Ana Rosa Martinez Castro, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 23.- A la suma dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Maria Manuela Nuiiez De la Cruz, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 24.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Lourdes Altagracia Caraballo Tejada de Fernandez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 25.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Camila Montero Ogando, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 26.- A la suma de ocho mil quinientos pesos con 00/100 (RD$8,500.00) mensuales, a favor de la seiiora Maria Rafaela Eneida Lora Gil, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 27.- A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor del seiior Maximo Oviedo Beltres, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 28.- A la suma de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO) mensuales, a favor de la seiiora Maximina Rodriguez Vda. Perez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 29.- A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor del seiior Carlos Jose Rodriguez Del Prado, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 30.- A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Carmen de Jesus Guzman Bencosme de Peiia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 31.-A la suma de dieciseis mil pesos con 00/100 (RD$16,000.00) mensuales, a favor del seiior Domingo Oscar Peiia Rojas, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 32.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior Ramon Lucian0 Veloz Cabrera, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 33.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana Felicia Ogando Mateo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 34.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor del seiior Carmelo Anacleto Fernandez Liranzo, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 35.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana de Jesus Sarmiento Garcia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 36.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del seiior Luis Ferreras Rivas, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 37.- A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior Adon Castillo, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 38.- A la suma de siete mil quinientos pesos con 00/100 (RD$7,500.00) mensuales a favor de la seiiora Ana Carmela Sinchez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 39.- A la suma de siete mil quinientos pesos con 00/100 (RD$7,500.00) mensuales a favor de la seiiora Rosa Maria Valdez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 40.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del seiior Juan Claribel Reyes Jimenez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 41.- A la suma de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana Zoraida De la Cruz R. de Santos, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 42.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Mercedes Dania Hernindez Placencio, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 43.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Grecia Matos C. De la Cruz, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 44.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Tamara del C. de Jesus Mazara Zaiter, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 45.- A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor del seiior Manuel Antonio Vidal Medina, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 46.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor del seiior Albert0 Ascanio Morel Vizcaino, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 47.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Tirsa A. de Jesus Luna Brea de Gomez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 48.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Maria Luisa Altagracia Mendez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 49.- A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor del seiior Jose Carlos Vasquez Laureano, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 50.- A la suma de seis mil quinientos pesos con 00/100 (RD$6,500.00) mensuales, a favor del seiior Candido Parra, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 51.- A la suma de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO) mensuales, a favor de la seiiora Aura Neomisia Noboa Herazme, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 52.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del seiior Luis Emilio Rodriguez Montan, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 53.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del seiior Rafael A. Valoy Vidal, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 54.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del seiior Wilfred0 Cesar Nanita Peiia, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 55.- A la suma de veinte y dos mil pesos con 00/100 (RD$22,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Violeta Maria Rodriguez Del Prado, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 56.- A la suma de dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales, a favor del seiior Plinio Manuel Caraballo Mesa, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 57.- A la suma de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO) mensuales, a favor del seiior Miguel h g e l Garcia Diaz, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 58.- A la suma de seis mil quinientos pesos con 00/100 (RD$6,500.00) mensuales, a favor de la seiiora Laura Magalis Reyes Guzman, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 59.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor del seiior Eladio Montas Uribe, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 60.- A la suma de siete mil pesos con 00/100 (RD$7,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Deyanira Lourdes Herasme Peiia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 61.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del seiior Jose Isidro Rodriguez Vasquez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 62.- A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Candida Consuelo Rodriguez R. de Rodriguez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 63.- A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del seiior Pedro Gonzalez Taveras, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 64.- A la suma de veinticinco mil pesos (RD$25,000.00) mensuales, a favor del seiior Romulo Medrano Marte, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 65.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora Elsa Adelina Casado Castillo, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Articulo 5.- Se modifica el Numeral 146, del Articulo 1, del Decreto No.431-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: “Despues de una labor de treinta aiios de servicio, en la adrninistracion publica, se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de treinta y nueve mil quinientos veinte pesos con 00/100 (RD$39,520.00) mensuales, a favor de la seiiora Maria Ventura Castellanos, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ”. Articulo 6.- Se modifica el Numeral 41, del Articulo 1, del Decreto No.431-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: “Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una pension del Estado dominicano, por antigtiedad en el servicio a la seiiora Matilde Garidad Hernandez H. de Mota, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]”. Articulo 7.- Se modifica el Numeral 35, del Articulo 2, del Decreto No.431-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: “Despues de una labor de treinta y tres aiios de servicio, en la adrninistracion publica, se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de cincuenta y dos mil novecientos pesos con 00/100 (RD$52,900.0) mensuales, a favor de la seiiora Guillermina Antonia Muiioz Rosario, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]”. Articulo 8.- Se modifica el Numeral 98, del Articulo 1, del Decreto No.429-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: “Despues de una labor 35 aiios de servicio, en la adrninistracion publica, se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de treinta y nueve mil seiscientos ochenta y seis pesos con 00/100 (RD$39,686.00) mensuales, a favor de la seiiora Ana Julia Martinez C. de Ramirez, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]”. Articulo 9.- Se modifica el Numeral 1777, del Articulo 1, del Decreto No.289-94, del 27 de septiembre del 1994, para que diga de la siguiente manera: “Despues de una labor de veinte cuatro aiios de servicio, en la adrninistracion publica, se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de cuarenta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$45,000.00) mensuales, a favor del seiior Manuel Emilio Galvez Rodriguez, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]”. Articulo 10.- Se modifica el Numeral 37, del Articulo 4, del Decreto No.703-07, del 18 de diciembre de 2007, para que diga de la siguiente manera: ‘‘ Se eleva la pension del Estado dominicano, asignada a1 seiior Danilo Ernest0 Rivera Rincon, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], a la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.” Articulo 11.- Se modifica el Numeral 145, del Articulo 1, del Decreto No.697-07, del 18 de diciembre de 2007, para que diga de la siguiente manera: ‘‘ Despues de una labor de 34 aiios en la adrninistracion publica, se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de cuarenta y tres mil trescientos sesenta pesos con 00/100 (RD$43,360.00) mensuales, a la servidora publica Josefina Mercedes Lozano Gil, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ”. Articulo 12.- Se modifica el Numeral 129, del Articulo 1, del Decreto No.431-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: Se otorga una pension del Estado dominicano, de siete mil ochocientos setenta y dos pesos con 00/100 (RD$7,872.00) mensuales, a favor de la seiiora Dominga Midies Romero, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Articulo 13.- Se modifica el Numeral 40, del Articulo 5, del Decreto No.241-07, del 4 de mayo de 2007, para que diga de la siguiente manera: '' Se eleva a la suma de veinte mil pesos con 00/10 (RD$20,000.00) mensuales, la pension del Estado dominicano, asignada a la seiiora Leda Casilda Montas Sangiovanni, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. Articulo 14.- Se modifica el Numeral 205, del Articulo 1, del Decreto No.331-07, del 3 de julio de 2007, para que diga de la siguiente manera: '' Se otorga una Pension Especial del Estado dominicano, de treinta y cinco mil cuatrocientos pesos con 00/100 (RD$35,400.00) mensuales, a1 servidor publico Nazario De Los Santos Ascencio, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]". Articulo 15.- Se modifica el Numeral 69, del Articulo 1, del Decreto No.433-07, del 18 de agosto de 2007, para que diga de la siguiente manera: '' Se eleva a la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, la pension del Estado dominicano, asignada a1 seiior Leonard0 Camacho Jimenez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]" Articulo 16.- El presente beneficio no sera valido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pension otorgada por el Estado. Parrafo: En 10s casos positivos, el beneficiario (a) podra optar por aquella que mas le favorezca. Articulo 17.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos. Articulo 18.- Enviese a la Secretaria de Estado de Hacienda, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de marzo del aiio dos mil ocho (2008); aiios 165 de la Independencia y 145 de la Restauracion. LEONELFERNANDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.