Texto de la norma
Dec. No. 55-08 Bis que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a los señores José Manuel Fernández, Reynaldo Bisonó, Fernando Ravelo Alvarez, Leonel García, José Dumit y Emigdio Garrido, y póstumamente a los señores Freddy Elmer Toribio, Aníbal Medina, Domingo Ernesto Pichardo (Monchín), Juan Sánchez Correa, Freddy Jana y Ricardo Hernández.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 55-08 Bis
CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de los promotores deportivos Freddy Elmer Toribio, Aníbal Medina, Domingo Ernesto Pichardo (Monchín), Juan Sánchez Correa, Freddy Jana y Ricardo Hernández, fallecidos, por cuanto dedicaron sus vidas al béisbol profesional.
CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de los veteranos promotores del béisbol de hoy, José Manuel Fernández, Reynaldo Bisonó, Fernando Ravelo Álvarez, Leonel García, José Dumit y Emigdio Garrido, por su entrega y constancia a favor de la promoción del deporte.
CONSIDERANDO: Que la celebración del 2 al 7 de febrero próximo en el Estadio Cibao, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, de la XXXVIII Serie del Caribe, es propicia para reconocer los méritos de estos promotores deportivos que se han ganado el aprecio de la comunidad cibaеña.
VISTA: La Ley No. 1113, del 26 de mayo del 1936 que crea la Orden de Duarte, Sánchez y Mella.
OIDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se concede póstumamente la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero, a los señores Freddy Elmer Toribio, Aníbal Medina, Domingo Ernesto Pichardo (Monchín), Juan Sánchez Correa, Freddy Jana y Ricardo Hernández.
ARTÍCULO 2.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero, a los señores José Manuel Fernández, Reynaldo Bisonó, Fernando Ravelo Álvarez, Leonel García, José Dumit y Emigdio Garrido.
ARTÍCULO 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, a la Secretaría de Estado de Deportes y a la Liga de Béisbol de la República Dominicana, Inc., para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de febrero del año dos mil siete (2008); años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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