Texto de la norma
Dec. No. 47-08 que prorroga la vigencia del Decreto No. 627-07 del 31 de octubre de
2007.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 47-08
CONSIDERANDO: Que por motivo del paso por el territorio nacional de las tormentas
Noel y Olga, se dictaron 10s Decretos numeros 627-07, del 3 1 de octubre de 2007, y 678-
07, del 5 de diciembre de 2007, declarando el primero la existencia de una situacion de
emergencia nacional a 10s fines de la contratacion de 10s bienes y servicios que fueren
necesarios para contrarrestar o mitigar 10s efectos causados por dichas tormentas;
CONSIDERANDO: Que a pesar de las diligentes actuaciones de las autoridades
nacionales, persisten algunos de 10s efectos de dichas tormentas que requieren se continuen
prestando servicios humanitarios, basicamente en lo que se refiere a reparacion y
construccion de viviendas, asi como la provision de alimentos a las familias damnificadas,
lo que demanda que se mantenga la referida declaratoria de emergencia, a 10s fines de la
contratacion de 10s bienes y servicios necesarios a 10s propositos indicados.
VISTO: El Articulo 6, inciso 3) de la Ley de Contratacion Publica de Bienes, Obras,
Servicios y Concesiones, numero 340-06, de fecha 18 de agosto de 2006.
VISTOS: Los Articulos 5, 6 y 7 del Reglamento numero 490-07, de fecha 30 de agosto de
2007, denominado Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras;
VISTO: El Decreto numero 627-07, de fecha 3 1 de octubre de 2007.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se prorroga la vigencia del Decreto numero 627-07, de fecha 31 de
octubre de 2007, para 10s casos de contrataciones que fueren necesarias para el Instituto
Nacional de la Vivienda y el Plan Social de la Presidencia de la Republica, a cargo de la
Secretaria Administrativa de la Presidencia, por el termino de treinta (30) dias a partir de la
fecha.
ARTICULO 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Hacienda; a su Direccion General de
Contrataciones Publicas; a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion General
de Presupuesto, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de febrero de dos mil ocho (2008); aiios 164 de la
Independencia y 145 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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