Texto de la norma
Dec. No. 93-98 que autoriza a varios ayuntamientos a vender y donar terrenos.
(G. O. No. 9977, del 15 de marzo de 1998).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 93-98
VISTA la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago a vender los siguientes inmuebles:
a) A la señora Eva Rodríguez Castro, un solar con designación municipal "M" No.858-B, de la manzana municipal No.41, ubicado dentro del ámbito de la porción "E" Catastral, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 1,141.90 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Av. Bartolomé Colón; al Este, propiedad de los Sucesores J.J.; al Sur, solar municipal No.859; y al Oeste, solar municipal No.868-D; por el precio total de RD$25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS CON 00/100).
b) Al señor Miguel Prisciliano, un solar con designación municipal No.1, de la manzana municipal No.42, ubicado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.154-A, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 680.80 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Av. Salvador Estrella Sadhalá; al Este, terrenos propios; al Sur, solar municipal No.2; y al Oeste, calle Hatuey; por el precio total de RD$51,060.00 (CINCUENTIUN MIL SESENTA PESOS CON 00/100).
c) Al señor Víctor Manuel Peña, un solar con designación municipal No.16, de la manzana municipal No.3, ubicado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.155, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 96.38 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Terreno de Agustín Pimentel; al Este, solar municipal No.17; al Sur, calle Camino del Ejido; y al Oeste, Solar Municipal No.15;
por el precio total de RD$28,673.05 (VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTITRES PESOS CON 05/100).
d) Al señor Guillermo Antonio Castillo Bautista, un solar con designación municipal No.6, Manzana No.4-A, ubicado dentro de la Parcela Catastral No.7-C-B-1 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 400.58 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.5; al Este, calle Proyecto; al Sur, solar municipal No.7; y al Oeste, resto de la Parcela No.293; por el precio total de RD$80,116.00 (OCHENTA MIL CIENTO DIECISEIS PESOS CON 00/100).
e) Al señor Rafael Luna López, una porción de terreno, ubicada dentro de la Manzana Catastral No.9-Sur, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 472.50 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.2; al Este, solar municipal No.4; al Sur, solares municipales Nos.21 y 20; y al Oeste, solares municipales Nos.29 y 2; por el precio total de RD$35,437.50 (TREINTICINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTISIETE PESOS CON 50/100).
f) Al señor Pedro Sánchez Brache, un solar con designación municipal No.286-A-7, de la manzana municipal No.4 (286), ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.7-C-7-B-27 (parte), del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 1,814.25 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.286-A-6 (P. No.1); al Este, camino a Rincón Largo; al Sur, solar municipal No. 286-A-1 (P. No.8); y al Oeste, 286-A-6 (P. No.1); por el precio total de RD$163,282.50 (CIENTO SESENTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTIDOS PESOS CON 50/100).
g) Al señor Gervacio de la Rosa Paulino, un solar con designación municipal No.30, de la manzana No.6-Sur, correspondiente al solar catastral No.28-parte, de la manzana catastral No.794, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 80.69 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.2; al Este, solar municipal No.31; al Sur, solar municipal No.8; y al Oeste, solar municipal No.29; por el precio total de RD$13,717.30 (TRECE MIL SETECIENTOS DIECISITE PESOS CON 30/100).
Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Tamboril a vender el siguiente inmueble:
a) A la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN), Inc., una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela Catastral No.447, del Distrito Catastral No.4, del Municipio de Santiago, con un área de 3,746.07 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Calle Real; al Este, Policía Nacional; al Sur, Resto de la Parcela; y al Oeste, calle Respaldo Hernández; por el precio total de
RD$262,224.90 (DOSCIENTOS SESENTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS CON 90/100).
Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Rafael del Yuma a vender el siguiente inmueble:
a) Al señor Juan Julio Batista, una porción de terreno, ubicada dentro de la Parcela Catastral No.163, del Distrito Catastral No.10/4, del Municipio de Santiago, con un área de 541.43 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, Resto de la Parcela; al Este, Calle Primera; al Sur, Resto de la Parcela No.163; y al Oeste, Río Chavón y parte parcela; por el precio total de RD$54,131.00 (CINCUENTICUATRO MIL CIENTO TREINTIUN PESOS CON 00/100).
Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monte Cristy a vender, ceder y transferir al señor Manuel de Ovin Filpo y/o Salina Industrial, S. A., una porción de terreno no saneada, con un área de 820.70 Mts², ubicada en la sección Manuel Tavárez Justo (antigua Las Peñas), del Distrito Catastral No.22, del Municipio de Monte Cristy, con los siguientes linderos: al Norte, terreno comunero; al Este, terreno comunero; al Sur, camino vecinal; y al Oeste, terreno comunero; por el precio total de RD$12,310.50 (DOCE MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS CON 50/100).
Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón a donar a los Sucesores del Señor Francisco Antonio Medina (Fister), representados por el señor Daniel Eligio Medina, una porción de terreno con designación municipal No.14, ubicada dentro del ámbito de la manzana catastral No.15, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Dajabón, con un área de 70.00 Mts², valorado por la suma de RD$1,425.00 (MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO PESOS CON 00/100).
Artículo 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago a donar a la Asociación de Guías Scouts, Inc., un solar con designación municipal No.1 (parte), manzana municipal No.925, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 1,984.50 Mts², con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.1; al Este, Calle No.2; al Sur, Av. República de Argentina; y al Oeste, Av. Salvador Estrella Sadhalá; valorado por la suma de RD$744,187.50 (SETECIENTOS CUARENTICUATRO MIL CIENTO OCHENTISIETE PESOS CON 50/100).
Artículo 7.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Leonel Fernández
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