Texto de la norma
Dec. No. 15-98 que crea varios premios literarios anuales.
(G. 0. No. 9972, del 15 de enero de 1998).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Reptiblica Dominicana
NUMERO: 15-98
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Dominican0 velar por el
foniento, el desarrollo y evoluci6n de la cultura, tomando en cuenta sus diversas
manifestaciones y 10s criterios de diversidad que marcan el desarrollo de la ciencia, la
educaci6n y la cultura.
CONSIDERANDO: Que la dinarnica de la cultura popular pauta el
desarrollo de la educaci6n y fortalece la identidad nacional.
CONSIDERANDO: la necesidad de abrir espacios para valorar las
experiencias de caracter bio-psico social y las diferentes formas de interaccih del nifio, la
niiia y 10s j6venes con su entorno a travts de la literatura.
CONSIDERANDO: Que la investigaci6n educativa permite elaborar
diagn6sticos. planificar y ejecutar acciones que contribuyen a elevar la calidad de la
educacion dominicana.
VISTAS las recomendaciones de la Secretaria de Estado de Educaci6n y
Cultura, y el parecer de especialistas en 10s diferentes gkneros y modalidades que serhn
objeto de premiaci6n en adici6n a 10s gtneros y modalidades que hasta el momento son
prerniados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constituci6n de la Reptiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se crean 10s siguientes Premios Anuales:
a)
Premio Anual de Poesia, “SALOME URERA DE HENRIQUEZ”,
consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se
otorgara a1 mejor poema o conjunto de poemas, de autor/a
dominicano/a.
b) Premio Anual de Novela "MANUEL DE JESUS GALVAN", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará a la mejor novela de autor/a dominicano/a.
c) Premio Anual de Ensayo "PEDRO HENRIQUEZ UREÑA", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará a la mejor obra literaria en prosa, de autor/a dominicano/a.
d) Premio Anual de Cuento "JOSE RAMON LOPEZ", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará al mejor libro de cuentos, de autor/a dominicano/a.
e) Premio Anual de Historia "JUAN PABLO DUARTE", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará al mejor ensayo o monografía de carácter histórico, de autor/a dominicano/a.
f) Premio Anual de Didáctica "MANUEL DE JESUS PEÑA Y REYNOSO", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará a la mejor obra didáctica, de autor/a dominicano/a.
g) Premio Anual de Teatro "CRISTOBAL DE LLERENAS", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará a la mejor obra de teatro, (tragedia, comedia o drama), de autor/a dominicano/a.
h) Premio Anual de Música "JOSE REYES", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará a la mejor obra musical, de autor/a dominicano/a.
i) Premio Anual de Literatura Infantil "AURORA TAVAREZ BELLIARD", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará al mejor trabajo en el género cuento y/o fábula, de autor/a dominicano/a.
j) Premio Anual de Música Popular "FRADIQUE LIZARDO BARINAS", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará al mejor trabajo de música popular; tradicional y/o folklórica y contemporánea, de autor/a dominicano/a.
k) Premio Anual a la Producción Periodística en Investigación Educativa "FREDDY GATON ARCE", consistente en un diploma y la suma de RD$50,000.00, que se otorgará al mejor trabajo en esta área.
Articulo 2.- Dichos premios serin entregados anualmente, en ceremonia
especial dentro del programa que se lleve a cab0 con motivo de la Feria Nacional del Libro.
Articulo 3.- La Secretaria de Estado de Educacih y Cultura, realizari 10s
arreglos presupuestarios necesarios para el otorgamiento de 10s premies, y designari cada
aiio una comisih, que ademis de trazar las pautas a seguir para la presentacih de las obras
participantes en cada concurso, tendri su cargo el nombramiento del Jurado Calificador.
Articulo 4.- Se crea el PREMIO NACIONAL DE LITERATURA,
consistente en RD$100,000.00 (CIEN MIL PESOS) y un diploma, que concederin
anualmente la Secretaria de Estado de Educaci6n y Cultura y la Fundaci6n Corripio, Inc.,
para honrar por\una sola vez a la persona que haya dedicado su vida a1 engrandecimiento de
las letras dominicanas.
Articulo 5- El Jurado Calificador del Premio Nacional de Literatura, estari
integrado por 10s Rectores de la Universidad Autdnoma de Santo Domingo
(UASD);Universidad Nacional Pedro Henriquez Urefia (UNPHU);Pontificia Universidad
Catdica Madre y Maestra (PUCAMM); Universidad Central del Este (UCE) y Universidad
Cat6lica de Santo Domingo (UCSD), ademis, integrarin dicho jurado la Secretaria de
Estado de Educacidn y Cultura y en su defecto, qui& ella designare, asi como un
representante de la Fundacih Corripio, Inc.
Articulo 6.- Enviese a la Secretaria de Estado de Educacidn y Cultura, para
10s fines correspondientes.
Articulo 7.- El presente decreto, deroga y sustituye 10s Decretos. Nos. 159,
del 7 de octubre de, 1974; 423-89, del 27 de octubre de 1989 y 412-91, del 8 de noviembre
de 1991.
Dado en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de enero del afio mil novecientos
noventa y ocho, afio 154 de la Independencia y 135 de la Restauracibn.
Leone1 Fernandez
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