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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 294-98

que crea e integra una Comisión Especial encargada de llevar a cabo, completar y concluir el proceso de licitación, mediante el cual el Estado Dominicano seleccione un socio para desarrollar el proyecto de explotación de los yacimientos de oro y plata sulfurados, propiedad de la Rosario Dominicana, S. A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 1998fecha
Concesióntipo
G. O. 9996Gaceta Oficial del 15 ago de 1998
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
seleccionada (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 294-98 que crea e integra una Comisión Especial encargada de llevar a cabo, completar y concluir el proceso de licitación, mediante el cual el Estado Dominicano seleccione un socio para desarrollar el proyecto de explotación de los yacimientos de oro y plata sulfurados, propiedad de la Rosario Dominicana, S. A. (G. O. No. 9996, del 15 de agosto de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 294-98 CONSIDERANDO: Que es de alto interés nacional acelerar el proceso de selección de un socio estratégico del Estado para llevar a cabo el proceso de inversiones que requiere la explotación de los yacimientos de mineral sulfurado de la Rosario Dominicana, S. A. CONSIDERANDO: Que el proceso de selección de un socio estratégico ha avanzado considerablemente en los últimos dos años. CONSIDERANDO: Que las empresas internacionales precalificadas gozan todas de reconocida solvencia técnica y económica. CONSIDERANDO: Que el actual estado de los yacimientos de la Rosario Dominicana, S. A., en los cuales se han agotado los minerales oxidados, dejando a cielo abierto los minerales sulfurados, que representa un grave peligro al medio ambiente de toda la zona, situación que recomienda acelerar el proceso de inversiones necesarias. CONSIDERANDO: Que la puesta en valor de los yacimientos de minerales sulfurados de la Rosario Dominicana, S. A., representa un potencial clave para el desarrollo de la economía nacional, pudiendo aportar grandes beneficios al Estado Dominicano, así como al desarrollo de la actividad minera ambientalmente responsable. CONSIDERANDO: Que la tecnología especializada para la explotación de yacimientos de oro y plata sulfurados a gran escala, con grados de seguridad ecológica aceptables, ha podido ser establecida internacionalmente. CONSIDERANDO: Que la selección de un socio inversión está estratégico del Estado en la puesta en marcha del proyecto de explotación de los yacimientos sulfurados de oro y plata de la Rosario Dominicana, S. A., requiere de la mayor transparencia y equidad de un equipo técnico dedicado a tiempo completo a dicha labor. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea una Comisión Especial encargada de llevar a cabo, completar y concluir el proceso de licitación mediante el cual el Estado seleccione un socio inversionista estratégico para desarrollar el proyecto de explotación de los yacimientos de oro y plata sulfurados propiedad del Estado Dominicano, a través de la Rosario Dominicana, S. A. PARRAFO I.- La Comisión creada por este decreto, quedará integrada por el Ing. Eduardo Rodríguez, quien la presidirá; y los señores Lic. Andrés Julio Espinal, Ing. Octavio López, Lic. Silvestre Aybar y Lic. Frank Marino Hernández, Miembros. Artículo 2.- El Consejo de Administración de la Rosario Dominicana, S. A., y el Banco Central de la República Dominicana, pondrán a disposición de la Comisión Especial así designada todas las informaciones que esta requiera, así como la colaboración de las firmas de asesores y especialistas que les han asistido. Artículo 3.- La Comisión Especial mantendrá permanentemente informado al Poder Ejecutivo y a la Junta Monetaria, de los avances y necesidades para la más pronta conclusión del proceso de selección del socio inversionista estratégico, a través del Gobernador del Banco Central y del Secretario Técnico de la Presidencia. Artículo 4.- La Comisión Especial queda investida de todos los poderes necesarios para hacer concluir en el menor tiempo posible la selección del socio inversionista estratégico del Estado en el proyecto de explotación de los yacimientos sulfurados propiedad de la Rosario Dominicana, S. A. Artículo 5.- La Comisión Especial creada por el presente decreto quedará disuelta, sin necesidad de ninguna otra formalidad o disposición, cuando se haya concluido el contrato de asociación entre el Estado Dominicano, a través de la Rosario Dominicana, S. A,, y la empresa seleccionada como socio inversionista estrattgico en el proceso de licitacih en curso. Dado en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a loa trece (13) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y ocho, afios 155 de la Independencia y 135 de la Restauracih. Leone1 Fernandez

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona