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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 203-98

QUE CREA LA OFICINA RECTORA DE LA REFORMA Y MODERNIZACION DEL SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jun de 1998fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9985Gaceta Oficial del 15 jun de 1998
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Asistencia SocialMiembro de un órganoel Director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 203-98 que crea la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector Agua Potable y Saneamiento. (G. O. No. 9985, del 15 de junio de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 203-98 CONSIDERANDO: Que actualmente se está ejecutando en el país el proceso de Reforma y Modernización del Estado con miras a construir un Estado moderno y eficiente que satisfaga las expectativas de la ciudadanía, guiado por el Programa Nacional de Reforma y Modernización del Estado. CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización del sector de Agua Potable y Saneamiento es un proceso dirigido a cambiar un estilo tradicionalmente centralista de la gestión hacia otro que considere las diversas instancias regionales, provinciales, municipales y locales para cumplir el objetivo de garantizar un servicio de agua potable y saneamiento en cantidad y calidad adecuadas a toda la ciudadanía. CONSIDERANDO: Que el sector de Agua Potable y Saneamiento requiere de un ordenamiento institucional diferente al actual, que debe reglamentarse a través de una normativa legal que sea amplia y flexible y que refleje las relaciones entre las diversas instancias. CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización significa para este sector nuevas actitudes, tanto de las instituciones que lo conforman como de sus recursos humanos, de los usuarios o clientes y de la sociedad en general, así como de nuevas conductas políticas hacia el sector y sus instituciones. CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización de este sector implica una redistribución de responsabilidades y recursos entre sus diversas dependencias (INAPA, CAASD, CORAASAN y CORAAMOCA), las regiones, provincias y municipios, así como entre el sector público, el privado y la comunidad. CONSIDERANDO: Que el Estado es el impulsor del proceso de reforma y modernización, y por lo tanto, las mismas instituciones públicas existentes en el sector de Agua Potable y Saneamiento deben ser responsables de su propia reforma, atendiendo a los lineamientos arrojados por el Análisis Sectorial y del Plan de Reforma y Modernización del Sector. CONSIDERANDO: Que la necesidad de reglas claras y la ampliación del ámbito de actuación a otros actores sociales que participan en el sector implica la exigencia de una separación de roles en las instituciones, en la que queden definidos claramente: el de política y planificación sectoriales, el normativo y regulador, y el operativo o de prestación de los servicios. CONSIDERANDO: Que es necesario emprender las acciones para iniciar el proceso de reforma del sector en base a la aplicación de la normativa legal vigente y, paralelamente realizar los estudios que se requieran para reestructuraciones más profundas, entre ellas la modificación de la legislación vigente y la creación de nuevos instrumentos jurídicos. CONSIDERANDO: Que para organizar el proceso de reforma y modernización del sector, darle seguimiento y coordinarlo, así como para diseñar el sistema de gestión correspondiente se hace necesario un organismo especializado con alto nivel técnico y autonomía presupuestaria. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, la cual será el organismo encargado de organizar y dar seguimiento al proceso de reforma y modernización del sector. Artículo 2.- Son atribuciones de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento las siguientes: a) Organizar el proceso de reforma y modernización del sector, darle seguimiento y coordinarlo, así como diseñar el sistema de gestión correspondiente. b) Redefinir y ampliar los objetivos actuales del sector, los cuales han estado centrados fundamentalmente en la construcción, operación y mantenimiento de sistemas de acueducto y alcantarillado para abastecer de agua a la población rural y urbana, tomando en cuenta que el mismo tiene objetivos superiores, relacionados con: 1) El mantenimiento de condiciones sanitarias dirigidas a garantizar una mejor calidad de vida a la población. 2) Su capacidad para actuar como dinamizador de posibilidades para la participación de otros sectores, como el industrial, el turístico, el agrícola y el de la vivienda, en el desarrollo económico y social del país. 3) Su responsabilidad en el mantenimiento de condiciones ambientales, a través del tratamiento de las aguas servidas y devueltas a las fuentes, entre otras. c) Asumir, transitoriamente, la coordinación y regulación que el Estado debe hacer a los servicios de agua potable y saneamiento. d) Preparar el proyecto que crea el nuevo marco legal e institucional para dar soporte al proceso de reforma y modernización. e) Realizar los estudios y acciones necesarios que sugieran las posibles modificaciones a las atribuciones de las instituciones existentes, o crear nuevas instancias dentro del sector. f) Desarrollar estrategias de comunicación y negociación con los actores sociales que interesan, y asumir la responsabilidad de socializar el Plan Nacional de Reforma y Modernización Sectorial en todos los estamentos de la sociedad dominicana. g) Aplicar y usar como guía para el proceso de reforma y modernización del sector el Programa Nacional de Reforma y Modernización del Estado, el documento de Análisis Sectorial para la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, así como los Lineamientos para la Reforma del Sector. PARRAFO I: Durante todo el proceso de reforma la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, actuará en estrecha coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado. PARRAFO II: Se crea el cargo de Secretario Ejecutivo de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, el cual le dará cumplimiento a las funciones de la misma. PARRAFO III: La Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento contará con un equipo de técnicos calificados para coordinar y orientar las áreas de estudios técnicos, económicos, jurídicos e institucionales, correspondientes a las diferentes áreas del Análisis Sectorial, y con el concurso de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que sean contratadas como asesores o consultores con cargo a los recursos asignados a la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento. PARRAFO IV: La autoridad superior de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del sector de Agua Potable y Saneamiento la ejercerá un Consejo de Dirección, que estará compuesto por su Secretario Ejecutivo, los directores de cada una de las entidades que prestan el servicio de Agua Potable y Saneamiento, el Secretario Técnico de la Presidencia, el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, el Director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, el Secretario de Estado de Turismo y el Secretario Ejecutivo de la Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado. PARRAFO V: La Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento se encargará de gestionar y administrar los fondos aportados para el financiamiento de los diferentes proyectos que requiera el proceso de reforma y ser contraparte en esta materia de los proyectos de asistencia técnica y financiamiento internacional. PARRAFO VI: Las instituciones del sector procederán, en coordinación con la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, a designar los grupos técnicos que tendrán a su cargo impulsar la reforma de las mismas. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración. Leonel Fernández

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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