Texto de la norma
Dec. No. 203-98 que crea la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector Agua Potable y Saneamiento.
(G. O. No. 9985, del 15 de junio de 1998).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 203-98
CONSIDERANDO: Que actualmente se está ejecutando en el país el proceso de Reforma y Modernización del Estado con miras a construir un Estado moderno y eficiente que satisfaga las expectativas de la ciudadanía, guiado por el Programa Nacional de Reforma y Modernización del Estado.
CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización del sector de Agua Potable y Saneamiento es un proceso dirigido a cambiar un estilo tradicionalmente centralista de la gestión hacia otro que considere las diversas instancias regionales,
provinciales, municipales y locales para cumplir el objetivo de garantizar un servicio de agua potable y saneamiento en cantidad y calidad adecuadas a toda la ciudadanía.
CONSIDERANDO: Que el sector de Agua Potable y Saneamiento requiere de un ordenamiento institucional diferente al actual, que debe reglamentarse a través de una normativa legal que sea amplia y flexible y que refleje las relaciones entre las diversas instancias.
CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización significa para este sector nuevas actitudes, tanto de las instituciones que lo conforman como de sus recursos humanos, de los usuarios o clientes y de la sociedad en general, así como de nuevas conductas políticas hacia el sector y sus instituciones.
CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización de este sector implica una redistribución de responsabilidades y recursos entre sus diversas dependencias (INAPA, CAASD, CORAASAN y CORAAMOCA), las regiones, provincias y municipios, así como entre el sector público, el privado y la comunidad.
CONSIDERANDO: Que el Estado es el impulsor del proceso de reforma y modernización, y por lo tanto, las mismas instituciones públicas existentes en el sector de Agua Potable y Saneamiento deben ser responsables de su propia reforma, atendiendo a los lineamientos arrojados por el Análisis Sectorial y del Plan de Reforma y Modernización del Sector.
CONSIDERANDO: Que la necesidad de reglas claras y la ampliación del ámbito de actuación a otros actores sociales que participan en el sector implica la exigencia de una separación de roles en las instituciones, en la que queden definidos claramente: el de política y planificación sectoriales, el normativo y regulador, y el operativo o de prestación de los servicios.
CONSIDERANDO: Que es necesario emprender las acciones para iniciar el proceso de reforma del sector en base a la aplicación de la normativa legal vigente y, paralelamente realizar los estudios que se requieran para reestructuraciones más profundas, entre ellas la modificación de la legislación vigente y la creación de nuevos instrumentos jurídicos.
CONSIDERANDO: Que para organizar el proceso de reforma y modernización del sector, darle seguimiento y coordinarlo, así como para diseñar el sistema de gestión correspondiente se hace necesario un organismo especializado con alto nivel técnico y autonomía presupuestaria.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, la cual será el organismo encargado de organizar y dar seguimiento al proceso de reforma y modernización del sector.
Artículo 2.- Son atribuciones de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento las siguientes:
a) Organizar el proceso de reforma y modernización del sector, darle seguimiento y coordinarlo, así como diseñar el sistema de gestión correspondiente.
b) Redefinir y ampliar los objetivos actuales del sector, los cuales han estado centrados fundamentalmente en la construcción, operación y mantenimiento de sistemas de acueducto y alcantarillado para abastecer de agua a la población rural y urbana, tomando en cuenta que el mismo tiene objetivos superiores, relacionados con:
1) El mantenimiento de condiciones sanitarias dirigidas a garantizar una mejor calidad de vida a la población.
2) Su capacidad para actuar como dinamizador de posibilidades para la participación de otros sectores, como el industrial, el turístico, el agrícola y el de la vivienda, en el desarrollo económico y social del país.
3) Su responsabilidad en el mantenimiento de condiciones ambientales, a través del tratamiento de las aguas servidas y devueltas a las fuentes, entre otras.
c) Asumir, transitoriamente, la coordinación y regulación que el Estado debe hacer a los servicios de agua potable y saneamiento.
d) Preparar el proyecto que crea el nuevo marco legal e institucional para dar soporte al proceso de reforma y modernización.
e) Realizar los estudios y acciones necesarios que sugieran las posibles modificaciones a las atribuciones de las instituciones existentes, o crear nuevas instancias dentro del sector.
f) Desarrollar estrategias de comunicación y negociación con los actores sociales que interesan, y asumir la responsabilidad de socializar el Plan Nacional de Reforma y Modernización Sectorial en todos los estamentos de la sociedad dominicana.
g) Aplicar y usar como guía para el proceso de reforma y modernización del sector el Programa Nacional de Reforma y Modernización del Estado, el documento de Análisis Sectorial para la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, así como los Lineamientos para la Reforma del Sector.
PARRAFO I: Durante todo el proceso de reforma la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, actuará en estrecha coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado.
PARRAFO II: Se crea el cargo de Secretario Ejecutivo de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, el cual le dará cumplimiento a las funciones de la misma.
PARRAFO III: La Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento contará con un equipo de técnicos calificados para coordinar y orientar las áreas de estudios técnicos, económicos, jurídicos e institucionales, correspondientes a las diferentes áreas del Análisis Sectorial, y con el concurso de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que sean contratadas como asesores o consultores con cargo a los recursos asignados a la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento.
PARRAFO IV: La autoridad superior de la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del sector de Agua Potable y Saneamiento la ejercerá un Consejo de Dirección, que estará compuesto por su Secretario Ejecutivo, los directores de cada una de las entidades que prestan el servicio de Agua Potable y Saneamiento, el Secretario Técnico de la Presidencia, el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, el Director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, el Secretario de Estado de Turismo y el Secretario Ejecutivo de la Comisión Presidencial para la Reforma y Modernización del Estado.
PARRAFO V: La Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento se encargará de gestionar y administrar los fondos aportados para el financiamiento de los diferentes proyectos que requiera el proceso de reforma y ser contraparte en esta materia de los proyectos de asistencia técnica y financiamiento internacional.
PARRAFO VI: Las instituciones del sector procederán, en coordinación con la Oficina Rectora de la Reforma y Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento, a designar los grupos técnicos que tendrán a su cargo impulsar la reforma de las mismas.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Leonel Fernández