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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 119-98

que nombra al Dr. Marino Vinicio Castillo, Secretario de Estado sin Cartera, y encargado de la coordinación del Poder Ejecutivo con las diversas dependencias y organismos encargados de la lucha contra el narcotráfico

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 mar de 1998fecha
Designacióntipo
G. O. 9978Gaceta Oficial del 31 mar de 1998
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Marino Vinicio CastilloDesignaciónSecretario de Estado sin Cartera, y estará encargado de la coordinación del Poder Ejecutivo con las diversas dependencias y organismos oficiales encargados de la lucha contra el narcotráfico

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Marino Vinicio Castillo · Secretario de Estado sin Cartera, y estará encargado de la coordinación del Poder Ejecutivo con las diversas dependencias y organismos oficiales encargados de…

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El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No.119-98 que nombra al Dr. Marino Vinicio Castillo, Secretario de Estado sin Cartera, y encargado de la coordinación del Poder Ejecutivo con las diversas dependencias y organismos encargados de la lucha contra el narcotráfico. (G. O. No. 9978, del 31 de marzo de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 119-98 CONSIDERANDO: Que la lucha contra el narcotráfico es una preocupación esencial del Gobierno, por cuya razón es importante que todas las actividades que desde el Estado se realicen, en lo que concierne al Poder Ejecutivo, estén coordinadas al más alto nivel jerárquico; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el párrafo II del Artículo 2 de la Ley Orgánica de Secretarías de Estado, número 4378, del 10 de febrero de 1956 "el Poder Ejecutivo tendrá facultad para designar cuando lo crea conveniente, Secretarios de Estado sin Cartera, los cuales ejercerán las funciones y atribuciones que aquel les señale". En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- El Dr. Marino Vinicio Castillo, queda designado Secretario de Estado sin Cartera, y estará encargado de la coordinación del Poder Ejecutivo con las diversas dependencias y organismos oficiales encargados de la lucha contra el narcotráfico. Artículo 2.- El Dr. Marino Vinicio Castillo realizará dichas funciones en adición a las de Presidente del Consejo Nacional de Drogas y de Embajador Adscrito a la Cancillería. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona