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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 52-98

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 feb de 1998fecha
Otrostipo
G. O. 9976Gaceta Oficial del 28 feb de 1998
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 52-98 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. (G. O. No. 9976, del 28 de febrero de 1998). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 52-98 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- La señora Ysidora Queliz Suriel, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ernestina Queliz Suriel. Artículo 2.- La señora Gumercinda Mercedes Burgos Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes Burgos Gómez. Artículo 3.- La señora Ulalia del Villar Pérez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aracelis del Villar Pérez. Artículo 4.- Los señores Ode Margarita Coplín y Cristhian Alberto Jiménez, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Ode Cristhina Jiménez Coplín, por el de Lluvia Cristhina Jiménez Coplín. Artículo 5.- La señorita Jovanny Antonio Cabral, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Stephanie Johanny Antonio Cabral. Artículo 6.- La señora Mercedes Segura Espinosa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Mercedes Segura Espinosa. Artículo 7.- La señora Rosalía Elvira Alvárez Almonte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Elvira Alvárez Almonte. Artículo 8.- El señor Lucas Sánchez Méndez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Lucas Evans Sánchez Méndez. Artículo 9.- El señor Jesús Vicioso Ogando, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jesús Manuel Vicioso Ogando. Artículo 10.- El señor Yhoselin Féliz Féliz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Richard Ismael Féliz Féliz. Artículo 11.- La señora Escolástica Moncerra Rodríguez Cruceta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Moncerra Rodríguez Cruceta. Artículo 12.- El señor Mercedes Lara Vizcaíno, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Elvis Lara Vizcaíno. Artículo 13.- La señora Lucía Silvestre Romero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dominga Carolina Silvestre Romero. Artículo 14.- La señora Dulcinea Marcelo Angomás, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dulce Marcelo Angomás. Artículo 15.- La señora Publia Milagros Suárez Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milagros Suárez Martínez. Artículo 16.- La señora Rosa Librada de Jesús Puello, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Lidia de Jesús Puello. Artículo 17.- El señor Angel Encarnación Uribe, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Miguel Angel Encarnación Uribe. Artículo 18.- El señor Angel María Miguel Pérez Lugo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Angel Miguel Pérez Lugo. Artículo 19.- El señor Angel Julio Matos Bello, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julio Angel Matos Bello. Artículo 20.- Los señores Luis José Bisonó Cabrera y Martha Yrene Cabrera Castillo, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Paula Marie Bisonó Cabrera, por el de Claudia Mariel Bisonó Cabrera. Artículo 21.- El señor José Juan González Féliz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de John González Féliz. Artículo 22.- El señor Macario Magales Díaz Encarnación, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Luis Gonzalo Díaz Encarnación. Artículo 23.- La señora Lanza Güichardo Justo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Laura Güichardo Justo. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y ocho, año 154 de la Independencia y 135 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona