Texto de la norma
Dec. No.457-98 que dispone la entrega en extradición a los Estados Unidos de América del ciudadano dominicano Víctor José López Paulino ó Víctor Paulino (a) Víctor Muela.
(G. O. No. 10006, del 31 de diciembre de 1998).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 457-98
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su embajada acreditada en el país, mediante notas números 31 y 157, de fechas 5 de marzo de 1997 y 20 de octubre de 1998, respectivamente, ha solicitado del Gobierno Dominicano la entrega en extradición del nombrado VICTOR JOSE LOPEZ PAULINO ó VICTOR PAULINO (a) VICTOR MUELA sobre el fundamento de que el mismo ha sido reclamado por los Estados Unidos de América a los fines de ser juzgado en sus tribunales por conspiración en apoyo de latrocinio, conspiración de narcotráfico y fraude en asuntos de inmigración.
CONSIDERANDO: Que entre los Estados Unidos de América y la República Dominicana, se suscribió y ratificó un Tratado de Extradición en el año 1910, cuyo Artículo VIII deja a la facultad de las Altas Partes Contratantes la extradición de sus nacionales;
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley número 489, de fecha 22 de octubre de 1969, sobre Extradición, modificado por la Ley número 278-98, de fecha 29 de julio de 1998, el Poder Ejecutivo puede autorizar la entrega en extradición de ciudadanos dominicanos en los casos en que exista Convenio de Extradición que consagre, además, el principio de reciprocidad;
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de los Estados Unidos de América se ha comprometido a someter al señor VICTOR JOSE LOPEZ PAULINO ó VICTOR PAULINO (a) VICTOR MUELA a un proceso con el respeto debido a las leyes vigentes y las garantías individuales que ofrece la legislación del Estado;
VISTO el Tratado de Extradición suscrito entre Estados Unidos de América y República Dominicana, de fecha 11 de julio de 1910;
VISTA la Ley número 489, de fecha 22 de octubre de 1969, sobre Extradición, modificada por la Ley número 278-98, de fecha 29 de julio de 1998;
VISTA la opinión favorable del Procurador General de la República;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se dispone la entrega en extradición a los Estados Unidos de América del ciudadano dominicano VICTOR JOSE LOPEZ PAULINO Ó VICTOR PAULINO (a) VICTOR MUELA, para que sea juzgado por ante la Corte Federal del Distrito Sur de New York, por la supuesta comisión de los hechos delictivos que se le imputan, en el entendido de que bajo ninguna circunstancia se le impondrá la pena de muerte en el caso de que se comprobare su culpabilidad respecto de las infracciones por las cuales ha sido extraditado y deberá ser juzgado.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General de la República y a la Dirección General de Migración, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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