Texto de la norma
Dec. No. 700-07 que aumenta el monto de las pensiones percibidas por varios
empleados publicos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 700-07
VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de
diciembre del 1981;
VISTO: El oficio No.13211 del 24 de octubre de 2007, elevado a1 Seiior Presidente de la
Republica por la Secretaria de Estado de Educacihn, donde solicita 10s aumentos de varios
maestros.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55, de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a 10s siguientes
servidores publicos:
1.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Alma Beatriz Troncoso A. de Martinez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
2.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Concepcihn Estevez Martinez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
3.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Derssia Magaly Peiia Santana de Arias, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
4.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Guillermina Jimenez de Nadal, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
5.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor del seiior
Jorge Medrano Perez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
6.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Maura Gregoria Feliz Gomez de Perez, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
7.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Zoila Castillo Calderon, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
8.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Juana Maria Rodriguez J. de Vargas, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
9.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Mignolia del Carmen Almanzar, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
10.- A la suma de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
Ana Cristina Reyes Marte de Guzman, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
Articulo 2.- El presente beneficio no sera valido para aquellas personas que ya se
encuentren disfrutando de pension otorgada por el Estado.
Parrafo: En 10s casos positivos, el beneficiario (a) podra optar por aquella que mas le
favorezca.
Articulo 3- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
Articulo 4.- Enviese a la Secretaria de Estado de Hacienda, para 10s fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de diciembre del aiio dos mil siete (2007);
aiios 164 de la Independencia y 145 de la Restauracion.
LEONELFERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.