Texto de la norma
Dec. No. 645-07 que declara de utilidad pública una porción de terreno en Salcedo, para ser destinada a las instalaciones de los Juegos Nacionales y la ampliación de la Cárcel Pública de esa ciudad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 645-07
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943 y sus modificaciones sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado dominicano, de una porción de terreno, con una extensión superficial de sesenta y seis punto veinticinco tareas (66.25), ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.178, del Distrito Catastral No.7, de la provincia de Salcedo, para ser destinada a las instalaciones de los Juegos Nacionales y la ampliación de la Cárcel Pública.
Artículo 2. En caso de que no se llegue a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble, precedentemente indicado, para su adquisición de grado a grado por el Estado dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales, realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiación del mismo.
Artículo 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión del inmueble indicado, a fin de que se pueda iniciar, en el mismo, de inmediato, los trabajos señalados, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por la ley.
Artículo 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano del citado inmueble, será ejecutada por el Abogado del Estado, por tratarse de un inmueble registrado.
Artículo 5. Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Estado de Deportes y al Registrador de Títulos del lugar, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007), años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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