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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 33-08

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 ene de 2008fecha
Otrostipo
G. O. 10458Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 33-08 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 33-08 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley; VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1: La señora Ramona Antonia Viola, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elida Viola. Artículo 2: La señora Juana Sánchez Luna, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Janet Sánchez Luna. Artículo3: La señora Josefina Mercedes De la Altagracia Campusano Llenas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Annie Campusano Llenas. Artículo 4: La señora Myrian Yuminada Virgen Simona, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Myrian Simons. Artículo 5: El señor José Virgilio Bonifacio Jiménez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Bonifacio José Bonifacio Jiménez. Artículo 6: La señora Ana Amelia Fabián Trinidad, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Maria Fabián Trinidad. Artículo 7: La señora Juana Solano Paredes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mary Solano Paredes. Artículo 8: La señora Genara Ramona Arias Taveras, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Abril Maria Arias Taveras. Artículo 9: La señora Maria Estebania De la Cruz Jorge Vásquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz Maria Jorge Vásquez. Artículo 10: La señora Davita Cipion Mateo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Josefina Cipion Mateo. Artículo 11: La señora Rejina Maria Canela Carderon, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Regina Canela Carderon. Artículo 12: El señor Bartolo Antonio Pérez Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ramón Bartolo Pérez Pérez. Artículo 13: La señora Aracelia Altagracia Tiburcio Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Argelia Altagracia Tiburcio Guzmán. Artículo 14: La señora Bernavela Peralta Batista, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Blanca Peralta Batista. Artículo 15: La señora Gracia Mercedes Espinal Fernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Mercedes Espinal Fernández. Artículo 16: El señor Leonardo Eugenio Jorge Loveras, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leonardo Antonio Jorge Loveras. Artículo 17: El señor Román Peña González, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Romilio Peña González. Artículo 18: La señora Gregoria Vásquez Valdez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gloria Vásquez Valdez. Artículo 19: La señora Leddy Diana Paulino Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Liddy Diana Paulino Núñez. Artículo 20: La señora Maria Luz del Carmen Lara Herrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz del Carmen Lara Herrera. Artículo 21: La señora Rosa Maria Peralta Mota, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Maritza Peralta Mota. Artículo 22: La señora Martha Caraballo Jiménez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Margarita Caraballo Jiménez. Artículo 23: La señora Maria Eugenia Burgos Rivera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Burgos Rivera. Artículo 24: El señor Yahancy Luna Benzan, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Johancy Luna Benzan. Artículo 25: Los padres de la menor Sahipe Pérez Arias, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Sarina Pérez Arias. Artículo 26: El señor Hipólito Domingo Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de David Rosario. Articulo 27: Se modifica el Artículo 1 del Decreto No.617-07 de fecha 23 de octubre del 2007, para que en lo adelante se lea Edward Elian Soto Lara. Artículo 28. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil ocho (2008); años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona