Texto de la norma
Dec. No. 377-07 que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos en la Provincia La Altagracia, para ser destinadas a la construcción del Boulevard Turístico del Este, Tramo I.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 377-07
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene interés en la construcción del Boulevard Turístico del Este, Tramo I.
CONSIDERANDO: Que para el turismo es de vital importancia la construcción del Boulevard en la Provincia La Altagracia, Municipio de Higüey.
CONSIDERANDO: Que para cumplir con el objetivo antes señalado, se hace necesario la adquisición por parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos de propiedad privada.
VISTA: La Ley 344 del 29 de julio del 1943, sobre Procedimientos de Expropiaciones, y sus modificaciones.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1.- Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales afectan la construcción del Boulevard Turístico de Este, Tramo I:
1. Una porción de terreno con un área superficial de 2,552.63 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 65-A del Distrito Catastral No.11/2 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad del Grupo Punta Cana;
2. Una porción de terreno con un área superficial de 4,908.62 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 65-A del Distrito Catastral No.11/2 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad del Grupo Punta Cana;
3. Una porción de terreno con un área superficial de 67,591.91 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 67-B-25 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Francisco Gonzalvo Cintrón;
4. Una porción de terreno con un área superficial de 81,142.54 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 67-B-25 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Francisco Gonzalvo Cintrón;
5. Una porción de terreno con un área superficial de 101,332.10 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 67-B-159 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Noel Salvador Valette Abreu;
6. Una porción de terreno con un área superficial de 21,891.23 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 65-B-178-Refund. del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Teófilo Martínez Álvarez;
7. Una porción de terreno con un área superficial de 101,332.10 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-159 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Noel Salvador Valette Abreu;
8. Una porción de terreno con un área superficial de 46,667.38 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-173 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Domingo De La Cruz;
9. Una porción de terreno con un área superficial de 14,867.12 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-173 del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Domingo De La Cruz;
10. Una porción de terreno con un área superficial de 38,769.46 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.68-A-REF-MOD-C del Distrito Catastral No.11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Hoteles Barceló, representados por Juan Marqués Morera;
11. Una porción de terreno con un área superficial de 42,158.44 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-138 del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Valentín Castillo;
12. Una porción de terreno con un área superficial de 984.93 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-177 del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Francisco Javier Mora Pérez;
13. Una porción de terreno con un área superficial de 1,731.23 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B (Parte) del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Gladis Mercedes Rodríguez;
14. Una porción de terreno con un área superficial de 2,114.01 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B (Parte) del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Juan Arístides Peralta Andujar;
15. Una porción de terreno con un área superficial de 1,117.56 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.88 (Parte) del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Juana Belén Moreta de Brito;
16. Una porción de terreno con un área superficial de 2,229.88 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-148 del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Florencio Rijo Lappost;
17. Una porción de terreno con un área superficial de 4,527.72 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.88 (Parte) del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Domingo Belén De La Cruz;
18. Una porción de terreno con un área superficial de 1,414.11 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B-148 del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Cristian Castillo;
19. Una porción de terreno con un área superficial de 430.34 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.88 (Parte) del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, Domitila Belén Moreta;
20. Una porción de terreno con un área superficial de 1,426.78 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Héctor Rafael Morel;
21. Una porción de terreno con un área superficial de 4,584.47 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Tomas Emilio Rodríguez Guerrero;
22. Una porción de terreno con un área superficial de 459.76 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 86-Subd.09 del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Marino Amado Sarmiento;
23. Una porción de terreno con un área superficial de 3,946.89 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Ramón Rodríguez García y Guillermo Rodríguez Ramírez;
24. Una porción de terreno con un área superficial de 424.41 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.88 del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Junior Reyes.
25. Una porción de terreno con un área superficial de 3,493.47 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67-B (Parte) del Distrito Catastral No. 11/3 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Gladis Mercedes Rodríguez;
26. Una porción de terreno con un área superficial de 3,747.29 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.86-S4 del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de Sergio Fernández Corrales.
Artículo 2.- En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de los inmuebles precedentemente indicados para su compra de grado a grado por el Estado dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales, realizara todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de conformidad con las leyes, para obtener la expropiación de los mismos.
Artículo 3.- Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los inmuebles indicados, a fin de que se pueda iniciar en los mismos de inmediato los trabajos necesarios señalados en el Articulo 13 de la Ley No. 344 del 29 de junio de 1943, modificado por la ley No. 700 del año 1974.
Artículo 4.- La entrada en posesión por el Estado dominicano de los mencionados inmuebles será ejecutada por el abogado del Estado, al tenor de lo dispuesto por la Ley No. 486 del 10 de noviembre del 1964, que agrega un párrafo II al Articulo 13 de la Ley No.344 de fecha 29 de julio de 1943.
Artículo 5.- Envíese al Administrador de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos de la Provincia La Altagracia y a la Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones, para su conocimiento y fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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