Texto de la norma
Dec. No. 614-07 que autoriza a varias empresas extranjeras a fijar domicilio en la República Dominicana.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 614-07
VISTO: El Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a la sociedad comercial Roco Ki Services Inc., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la Isla de Nevis, con su domicilio principal en Trust Services Limited, P.O. Box 853, Springates East Government Road, Charlestown, Nevis, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 2. Se autoriza a la sociedad comercial Playa Alegría Puerto Plata B.V., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Holanda, Países Bajos, con su domicilio principal en Rokin 55, 1012 KK, Ámsterdam, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 3. Se autoriza a la sociedad comercial Playa Alegría Punta Cana B.V., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de Holanda, Países Bajos, con su domicilio principal en Rokin 55, 1012 KK, Ámsterdam, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 4. Se autoriza a la sociedad comercial Caribintair, S.A., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la República de Haití, con su domicilio principal en Aerogare Hurí, Port-Au-Prince, Haití, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 5. Se autoriza a la sociedad comercial Cruz Bay Holding Inc., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la República de Panamá, con su domicilio principal en el Edificio P.H., Plaza 2000, Calle 50, Panamá, República de Panamá, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 6. Se autoriza a la sociedad comercial Northwest Airlines, Inc., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Estado de Minnesota, Estados Unidos de Norteamérica, con su domicilio principal en Saint Paul, Minnesota, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 7. Se modifica el Artículo 4 del Decreto 302-05 del 7 de mayo de 2005, para que en lo adelante rija de la siguiente manera: "Se autoriza a la Compañía 1 Investimenti S.R. L., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de la República de Italia, con su domicilio principal en Treviso Via Panciera No.35, Italia, a fijar domicilio en la República Dominicana".
Artículo 8. Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes octubre del año dos mil siete (2007), años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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