Texto de la norma
Dec. No. 721-07 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 721-07
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s procedimientos que
para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro
del plazo legal, ningun acto de oposicihn a las solicitudes formuladas en tal sentido por 10s
interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del
17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1: El seiior Geraldito Peralta Bido, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Gerald0 Peralta Bido.
Articulo 2: La joven Elsida Mercedes Concepcihn Santos, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Iliana Lilibeth Concepcion Santos.
Articulo 3: La seiiora Ysabel Millers Santos, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Isabel Millers Santos.
Articulo 4: La seiiora Francisca Diaz Valerio, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Anny Francisca Diaz Valerio.
Articulo 5: El seiior Huascar Enrique Rivas Solis, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Oscar Enrique Rivas Solis.
Articulo 6: La seiiora Dominga Ortiz Treban, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Enemencia Ortiz Treban.
Articulo 7: La seiiora Mency Yunary Contreras Taveras, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Mercy Yunary Contreras Taveras.
Articulo 8: Los padres del menor Luis Enrique Fermin Vargas, quedan autorizados a
cambiarle a su hijo el nombre por el de Frank Martin Fermin Vargas.
Articulo 10: La seiiora Petra Zelandia Mora Paniagua, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Solanlly Mora Paniagua.
Articulo 11: El seiior Eleisy Peiia Cheri, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Alexis Pena Cheri.
Articulo 12: El seiior Eduardo Antonio Gonzalez Pineda, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Edward Antonio Gonzalez Pineda.
Articulo 13: La seiiora Yrene Maria Gomez Alba, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Maria Irenes Gomez Alba.
Articulo 14: La seiiora Felipa Del Orbe Hurtado, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Felicia Del Orbe Hurtado.
Articulo 15: La seiiora Sonnia Altagracia Paulino Peiia, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Sonia Altagracia Paulino Pena.
Articulo 16: La seiiora Maria Licerty Martinez Rivera, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Mayra Lissette Martinez Rivera.
Articulo 17: La seiiora Felipa Osoria Alberto, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Yohanna Osoria Alberto.
Articulo 18: La seiiora Soneida Polanco Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Zeneida Polanco Polanco.
Articulo 19: La seiiora Josefina Moquete De 10s Santos, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Joselin Moquete De 10s Santos.
Articulo 20: Se modifica el Articulo 24 del Decreto No.576-07, de fecha 8 de octubre del
2007, para que en lo adelante se lea Milagros Morenos Jaquez.
Articulo 21: Se modifica el Articulo 15 del Decreto No.576-07, de fecha 8 de octubre del
2007, para que en lo adelante se lea Yobanny Matarranz Rodriguez.
Articulo 22: El seiior Gabino Vasquez Grano de Oro, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Gabino Orlando Vasquez Grano De Oro.
Articulo 23: Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines correspondientes
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de diciembre de dos mil siete (2007); aiios
164 de la Independencia y 145 de la Restauracion.
LEONELFERNANDEZ
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