Texto de la norma
Dec. No. 420-07 que autoriza a varias personas a cambiar de nombres.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 420-07
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1: El señor Félix Antonio Gómez Ferreiras, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Antonio Félix Gómez Ferreiras.
Articulo 2: La señora Bernarda Maria De Lourdes Salazar García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Bernardita Maria De Lourdes Salazar García.
Artículo 3: Los padres de Ángela Francisca Ramos Arias, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hija por el de Ángela Francia Ramos Arias.
Artículo 4: La señora Ana Quintina Peralta De Aza, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aura Justina Peralta De Aza.
Artículo 5. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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