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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 418-07

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 ago de 2007fecha
Otrostipo
G. O. 10435Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 418-07 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 418-07 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados, CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley; VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1: El señor Ramón Ynocencio De Jesús Vélez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ramón Armando De Jesús Vélez. Artículo 2: La señora Leocadia Quezada Abreu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Anneris Quezada Abreu. Articulo 3: La seiiora Plutarca Margarita Rosario Francisco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Margarita Rosario Francisco. Articulo 4: La seiiora Lidia Yluminada Mejia Valdez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ledia Ilumina Mejia Valdez. Articulo 5: La seiiora Adia Ysabel Rosario Garcia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Isabel Rosario Garcia. Articulo 6: La seiiora Elpidia Enerida Mejia Mejia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elfridia Enerida Mejia Mejia. Articulo 7: Los padres del menor Cristo Espinal Nicasio, quedan autorizados a cambiarle el nombre a su hijo por el de Christopher Espinal Nicasio. Articulo 8: El seiior Darling Daniel Lopez Alcantara, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Daniel Lopez Alcantara. Articulo 9: La seiiora Luz Narcisa Gonzalez Clark queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz Maria Gonzilez Clark. Articulo 10: La seiiora Ursula Rafaela Mendez Marte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rafaela Mkndez Marte. Articulo 11: El seiior Arcadio Dipre Abad, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Josk Dipre Abad. Articulo 12: La madre del menor Beilyn Abad, queda autorizada a cambiarle el nombre a su hijo por el de Enmanuel Josk Abad. Articulo 13: El seiior Mario Rodriguez Silvestre, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Rodriguez Silvestre. Articulo 14: La madre de la menor Claudia Estrella Alberto, queda autorizada a cambiarle el nombre a su hija por el de Claudia Marina Estrella Alberto. Articulo 15: El seiior Domingo Meledis Jimenez Tavarez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Domingo Jimenez Tavarez. Articulo 16: La seiiora Ana Geraldino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Maria Ana Geraldino. Articulo 17: El padre del menor Bienvenido Morel Gonzalez, queda autorizado a cambiarle el nombre a su hijo por el de Alison Bienvenido Morel Gonzalez. Articulo 18: La seiiora Milania Polonio Gonzalez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Melania Lourdes Polonio Gonzalez. Articulo 19: La seiiora Cristobalina Diaz Liviano, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Altagracia Diaz Liriano. Articulo 20: Se modifica el Articulo 8 del Decreto No.300-07 de fecha 13 de junio del 2007, para que en lo adelante se lea Denise Batista Frias. Articulo 21. Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines correspondientes, DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de agosto de dos mil siete (2007); aiios 164 de la Independencia y 145 de la Restauracion. LEONELFERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona