Texto de la norma
Dec. No. 263-07 que designa la Parte Dorninicana de la Comision Mixta Bilateral
Dominico-Haitiana, y nombra a 10s senores Bernard0 Vega, Alfredo Lozano y Frank
Marino Hernandez, asesores de dicha comision.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 263-07
CONSIDERANDO: Que la Comision Mixta Bilateral Dominico-Haitiana conformada por
representantes del sector publico y el sector privado de ambos paises fue creada mediante
una Declaracion Conjunta el 13 de marzo de 1996;
VISTO: El Decreto numero 201-96, de fecha 16 de junio del 1996, que creo la Parte
dominicana de la Comision Mixta Bilateral;
CONSIDERANDO: Que han transcurrido 11 aiios de la creacion de la Comision Mixta
Bilateral, tiempo durante el cual ambos Estados han adoptado diversos convenios, acuerdos
y protocolos en las areas de rnigracion, agricultura, medio ambiente y recursos naturales;
educativos, deportivos y culturales, asi como en materia de salud, comercio e inversion,
turismo y en aspectos policiales y de seguridad
CONSIDERANDO: Que durante dicho periodo se han producido importantes cambios
socioeconomicos, cientificos y tecnologicos que han contribuido a la configuracion de un
nuevo ordenamiento de las relaciones internacionales;
CONSIDERANDO: Que 10s jefes de Estado de ambos paises han reafirmado la voluntad
de dar continuidad a 10s trabajos de la Comision Mixta Bilateral;
CONSIDERANDO: Que asi como se han producido cambios economicos, sociales y
politicos en 10s dos paises, y que durante dicho periodo se han venido desarrollando
fenomenos internacionales que afectan la seguridad ciudadana y la seguridad nacional de la
Republica Dorninicana;
CONSIDERANDO: Que es de vital importancia para el fortalecimiento de la relacion
bilateral en el context0 de dichos cambios la reforma y revitalizacion de la Comision Mixta
Bilateral Dominico-Haitiana;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1. Se designa la Parte Dorninicana de la Comision Mixta Bilateral Dominico-
Haitiana como el mecanismo idoneo de la relacion bilateral, la cual estara presidida por la
Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, e integrada por la Secretaria de Estado de
Hacienda, la Secretaria de Estado de Interior y Policia, la Secretaria de Estado de Industria
y Comercio, la Secretaria de Estado de Agricultura, la Secretaria de Estado de las Fuerzas
Armadas, la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaria
de Estado de Economia, Planificacion y Desarrollo, la Secretaria de Estado de Salud
Publica, la Secretaria de Estado de Educacion, la Secretaria de Estado de Educacion
Superior, Ciencia y Tecnologia, la Secretaria de Estado de Trabajo, la Secretaria Estado de
la Mujer, la Secretaria de Estado de Cultura, la Secretaria de Estado de Turismo, la Oficina
del Ordenador de 10s Fondos Europeos para el Desarrollo, el Banco Central de la Republica
Dorninicana, el Centro de Exportacion e Inversion de la Republica Dorninicana, el Consejo
Nacional de la Empresa Privada, la Junta Agroempresarial Dorninicana, la Asociacion
Dorninicana de Exportadores, la Camara de Comercio y Produccion del Distrito Nacional y
la Asociacion Dorninicana de Zonas Francas.
ARTICULO 2. La Comision queda investida con 10s poderes que Sean necesarios para
realizar las reuniones y coordinaciones interinstitucionales, a nivel nacional y con 10s
organismos homologos de la Republica de Haiti que forman la Parte Haitiana de la
Comision Mixta Bilateral, con miras a dinamizar y profundizar 10s lazos de cooperacion
econornica, comercial y medio ambiental entre 10s dos paises.
PARRAFO: Esta Comision sera la via para la canalizacion de recursos e iniciativas para el
desarrollo, en beneficio de ambos paises, provenientes de organismos nacionales e
internacionales, publicos y privados, y las agencias de cooperacion bilaterales y
multilaterales.
ARTICULO 3. Se crea el Secretariado de la Parte Dorninicana de la Comision Mixta
Bilateral Dominico-Haitiana, con sede en la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores,
que fungira como su soporte tecnico-administrativo, y tendra entre sus funciones y
atribuciones las de preparar las propuestas de corto, mediano y largo plazo; las de sugerir a
la comision dominicana la viabilidad tecnica de determinados proyectos, y preparar para su
ratificacion por el Congreso Nacional 10s convenios, acuerdos y protocolos, asi como
tambien monitorearlos, darles seguimiento y evaluar su marcha.
ARTICULO 4. La Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores tiene a su cargo la
preparacion de las agendas y el calendario de reuniones con la Parte Haitiana de la
Comision Mixta Bilateral, incluyendo el intercambio de ideas y experiencias sobre 10s
proyectos bilaterales a desarrollarse.
ARTICULO 5. Se designa a 10s seiiores Bernard0 Vega, Wilfred0 Lozano y Frank Marino
Hernandez como asesores de esta Comision, y esta podra incorporar 10s servicios de otros
asesores.
ARTICULO 6. Enviese a las instituciones mencionadas en el Articulo 1 del presente
Decreto, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de mayo de dos mil siete (2007); aiios 164 de
la Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ