Dec. No. 146-07 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 146-07
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS: Los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. El señor Cerjio Altagracia Pérez Fernández queda autorizado a cambiar su nombre por el de Sergio Pérez Fernández.
Artículo 2. El señor José Dolores Grullón Paulino queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Grullón Paulino.
Artículo 3. La señora Reinilda Villavisar queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rynilda Villavisar.
Artículo 4. El señor Ermogenio Vallejo Jiménez queda autorizado a cambiar su nombre por el de Henry Vallejo Jiménez.
Artículo 5: La señora Gisela Ramona Rodríguez López queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gilda Ramona Rodríguez López.
Artículo 6. La señora Mercedes Yolanda Del Corazón De Jesús Pérez Jerez queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yolanda Duke Pérez Jerez.
Artículo 7. El señor Ricky Rodríguez Carrasco queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ricky Elías Rodríguez Carrasco.
Artículo 8. La señora Antonia García Marte queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Antonia García Marte.
Artículo 9. La señora Ramona Antonia Vélez Puntier queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mónica Antonia Vélez Puntier.
Artículo 10. La señora Cenalda Tejada Rodríguez queda autorizada a cambiar su nombre por el de Zenayda Tejada Rodríguez.
Artículo 11. El señor Wendy Ovalle García queda autorizado a cambiar su nombre por el de Henry Ovalle García.
Artículo 12. La señora Secundina Bonifacio Jiménez queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Secundina Bonifacio Jiménez.
Artículo 13. La señora Gladys Margaret Alcántara Carmona queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gladys Margarita Alcántara Carmona.
Artículo 14. La señora Celene González Rodríguez queda autorizada a cambiar su nombre por el de Celenia González Rodríguez.
Artículo 15. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil siete (2007), año 164 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona