Dec. No. 138-07 que concede incorporación al Grupo Cooperativo de Producción y Trabajo Charco Colorao, con domicilio en [domicilio omitido].
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 138-07
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DE CRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones cooperativas:
1.- GRUPO COOPERATIVO DE PRODIUCCION Y TRABAJO "CHARCO COLORAO" (COOPTRACHARC), que está ubicada en la calle Prolongación Jaime Mota No.10, Barahona, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha quince (15) del mes de marzo del año dos mil seis (2006).
Artículo 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 144 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona