Núm. 5380.—DECRETO del G. P. que otorga franquicias postales a la prensa nacional.—G. O. Núm. 2559 del 28 de Noviembre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ
Presidente Provisional de la República.
Considerando: que la prensa, además de ser un agente de cultura, es el órgano natural de la opinión pública para vigilar el ejercicio del mandato confiado por el pueblo á los ciudadanos á quienes se han delegado las funciones de poder;
Considerando: que, por tal motivo, es indispensable favorecerla con medidas que tiendan á facilitar su cometido;
En uso de las facultades de que me hallo investido;
DECRETO:
Art. único: Quedan otorgadas franquicias postales á la prensa nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 21 días del mes de noviembre de 1914, año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DR. BAEZ.
El Secretario de Estado en los Despachos de Fomento y Comunicaciones: Osvaldo B. Báez.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona