Núm. 5379.—DECRETO del G. P. que establece condiciones para desempeñar la administración del Ferrocarril Central.— G. O. Núm. 2559 del 28 de Noviembre 1914.
DR. RAMON BAEZ, Presidente Provisional de la República.
Considerando: que es un deber del Estado propender á la mayor eficacia de la Empresa del Ferrocarril Central Dominicano;
Considerando: que, por la naturaleza, la administración de dicha línea férrea exije condiciones de idoneidad y de competencia técnica.
En virtud de los poderes de que hallo investido,
RESUELVO:
Artículo único: No podrá encomendarse la Administración del Ferrocarril Central Dominicano á ningún individuo, nacio-
nal ó extranjero, que no posea el grado universitario de Ingeniero.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los 20 días del mes de noviembre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DR. BAEZ.
El Secretario de Estado en los Despachos de Fomento y Comunicaciones: Osvaldo B. Báez.
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