Núm. 5350.—DECRETO del G. P. que declara abolidos los derechos de exportación que gravan los cogellos de caña.—G. O. Núm. 2546 del 14 de Octubre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ,
Presidente Provisional de la República.
Considerando: que es un deber del Estado protejer el desarrollo de la agricultura nacional;
Considerando: que los derechos arancelarios que gravan los cogollos de caña impiden el rendimiento económico de esa fuente
de la riqueza agricola y resultan, en realidad, de caracter prohibitivo;
En virtud de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Art. único: Quedan abolidos los derechos de exportación que gravitan sobre los cogollos de caña.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 10 días del mes de Octubre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DR. BAEZ.
El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio: S. B. Gautier.
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