Núm. 5345.—DECRETO del G. P. que suspende el contrato mediante el cual se nombra al Banco Nacional depositario del Gobierno.—G. O. Núm. 2546 del 14 de Octubre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ, Presidente Provisional de la República.
Considerando: que el Poder Ejecutivo, en uso de la 11ª atribución del artículo 53 de la Constitución de la República, celebró en fecha 3 de septiembre de 1913 un contrato con el Banco Nacional de Santo Domingo, Sociedad Anónima, domiciliada en [domicilio omitido];
Considerando: que rigiendo el principio consttuconal de que todo contrado de interés público debe ser sometido al Congreso Nacional para su aprobación;
Considerando: que mientras no se cumpla esa formalidad carecen de existencia legal los contratos de esa naturaleza;
En uso de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Art. único: Declarar en suspenso el contrato de fecha 3 de septiembre de 1913, celebrado por el Poder Ejecutivo con el Banco Nacional de Santo Domingo, y en consecuencia, queda también supendido dicho Banco de su calidad de Depositario.
Dado en Santo Domingo, capital de la República, el día primero de octubre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DOCTOR BAEZ.
El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio:—Dr. S. B. Gautier.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona