miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5344

QUE ESTABLECE LA FIANZA PARA LOS EMPLEADOS QUE RECAUDEN O MANEJEN FONDOS PUBLICOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 oct de 1914fecha
Otrostipo
G. O. 2546Gaceta Oficial
Gobierno Provisionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5344.—DECRETO del G. P. que establece la fianza para los empleados que recauden o manejen fondos públicos.—G. O. Núm. 2546 del 14 de Octubre 1914. DOCTOR RAMON BAEZ, Presidente Provisional de la República. Considerando: que es conveniente rodear de la mayor garantía la recaudación y depósito de los fondos públicos: En uso de las facultades de que me hallo investido, DECRETO: Art. 1º Desde la promulgación del presente Decreto, todos los empleados públicos que recauden o manejen fondos pertenecientes a la Nación, estarán obligados a prestar fianza en relación con los fondos que manejen. § La cuantía de cada fianza será fijada por la Cámara de Cuentas y aprobada por la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio. Art. 2º Antes del día primero de Noviembre próximo deberá estar fijado el montante de cada fianza, y depositada ésta por las personas a quienes corresponda prestarla, en la Secrtaria de Estado de Hacienda y Comercio. Dado en Santo Domingo, capital de la Replib!ica. el dla pri- mer0 del mes de Octubre de 1914; aiio 71 de la Independencia y 62 de la Restauracidn. DOCTOR BAEZ. de Rac2enda y El Secretario Comercio,-Dr. S. de Estado en 10s Despachos B.' Gautier.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona