Núm. 5341.—DECRETO de amnistía dictado por el G. P. relativo a delitos por causas políticas.—G. O. Núm. 2545 del 12 de Octubre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ, Presidente Provisional de la República.
En uso de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Art. 1º No se le dará curso a ninguna querella, ni a ninguna denuncia, cuyo objeto sea mover la acción pública, resultante de delitos que tengan por causa u origen asuntos relacionados con la política, siempre que las infracciones haya sido cometidas con anterioridad al 28 de agosto de este año.
Art. 2º Las querellas y denuncias ya presentadas con motivo de las infracciones a que hace referencia el artículo anterior, se tendrán por no recibidas.
Art. 3º A partir del 1º de diciembre próximo, quedará sin efecto ese Decreto; y las autoridades judiciales podrán mover la acción pública de acuerdo con el derecho común.
Dado en Santo Domingo, capital de la República, el día diez de octubre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DOCTOR BAEZ.
El Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública: —J. B. Peynado.
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