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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5396

RELATIVO AL DESPACHO DE LOS BUQUES MERCANTES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 ene de 1915fecha
Otrostipo
G. O. 2572Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5396.—DECRETO del P. E. relativo al despacho de los buques mercantes.—G. O. Núm. 2572 del 13 de Enero 1915. JUAN I. JIMENES, Presidente Constitucional de la República. Considerando que es un deber impuesto por la neutralidad de los Estados prevenir cualquier tráfico ilícito en el mar; Considerando: Que el decreto de fecha 25 de noviembre de 1914 relativo al despacho de buques mercantes extranjeros deja sin sanción la ordenanza contenida en su artículo único; En uso de las atribuciones que me confiere la Constitución del Estado en su inciso 3°, artículo 53; DECRETO: Art. 1° Ningún buque mercante podrá ser despachado de los puertos de la República sin la afirmación del Agente Consular del país a que pertenezca de que el viaje es comercial y sin la indicación del puerto de destino y sus escalas; Art. 2° Si se probase que un buque despachado de uno de los puertos de la República ha dejado de ir directamente a sus puertos de escala o de destino, según ha sido declarado por el Agente Consular, las autoridades marítimas dominicanas detendrán ese buque la primera vez que vuelva a tocar en uno de los puertos de la República Dominicana y lo considerará como parte de las fuerzas navales del país al cual pertenezca y lo tratará como tal. Comuníquese y publíquese. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de enero de 1915; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración. J. I. JIMENES. Comunicado: El Secretario de Estado en los Despachos de Guerra y Marina: Desiderio Arias

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona