Núm. 5367.—DECRETO del G. P. que apropia fondos para indemnizar a C. A. Butlin.—G. O. Núm. 2553 del 7 de Noviembre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ,
Presidente Provisional de la República.
Por cuanto el Poder Ejecutivo, en razón de ciertas circunstancias, tuvo la necesidad de rescindir el contrato que tenía celebrado con el Sr. C. A. Butlin, mediante el cual este señor tenía a su cargo la Dirección General de los Telégrafos y Teléfonos del Estado;
Considerando: que la rescisión del mencionado contrato ha ocasionado al Sr. Butlin ciertos perjuicios materiales que el Gobierno ha estimado conveniente indemnizarle.
En uso de las facultades de que me hallo investido,
RESUELVO:
Art. único: Votar la suma de dos mil pesos oro americano que se destinan para indemnizar al Sr. C. A. Butlin, ex-Director General de los Telégrafos y Teléfonos del Estado, de los perjuicios que le halla podido ocasionar la rescisión del contrato que tenía celebrado con el Gobierno, para la Dirección General de los Telégrafos y Teléfonos del Estado.
§ Comuníquese a la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio para ejecución.
Dada en Santo Domingo, capital de la República, a los 5 días de noviembre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DR BAEZ
El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio.—Dr. S. B. Gautier.
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