Texto de la norma
Núm. 5348.—DECRETO del G. P. que suspende el contrato que constituye al Banco Nacional en comisionado exclusivo para la venta de sellos de correos.—G. O. Núm. 2546 del 14 de Octubre 1914.
DOCTOR RAMON BAEZ,
Presidente Provisional de la República.
Considerando: que por contrato de fecha 3 de noviembre de 1913, celebrado por el Poder Ejecutivo, en representación del Gobierno, con el Banco Nacional de Santo Domingo, Sociedad Anónima, domiciliada en esta ciudad, se convino constituir a dicho Banco Comisionado Exclusivo para la venta, en todo el territorio de la República, de las especies timbradas denominadas de correo, exceptuando los sellos destinados al franqueo de la correspondencia oficial, mediante la compensación de 6% sobre la venta de sellos que acuerda la Ley de la materia;
Considerando: que dicho contrato es contrario a la organización constitucional del Estado, que garantiza la libertad del comercio, y, por consiguiente, prohíbe la concesión de monopolios o privilegios exclusivos;
Haciendo uso de las facultades de que me hallo investido,
DECRETO:
Art. único: Declarar en suspenso el contrato celebrado por el Poder Ejecutivo en representación del Gobierno, en fecha 3 de noviembre de 1913, con el Banco Nacional de Santo Domingo, que constituye a dicho Banco Comisionado Exclusivo para la venta, en todo el territorio de la República, de las especies timbradas denominadas sellos de correo.
Dado en Santo Domingo, capital de la República el día primero d eoctubre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DOCTOR BAEZ.
El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio:—Dr. S. B. Gautier.
El Secretario de Estado en los Despachos de Fomento y Comunicaciones:—Osvaldo B. Baez.
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