Núm. 5329.—DECRETO del P. del Gobierno Provisional relativo a las imputaciones a los funcionarios públicos.—G. O. Núm. 2539 del 16 de Setiembre 1914.
DR. RAMON BAEZ,
Presidente Provisional de la República.
Considerando: que es necesario rodear de absolutas garantías la libre emisión del pensamiento,
DECRETO:
Art. 1º Las imputaciones hechas a los funcionarios públicos no constituyen difamación ni injurias, cuando dichas imputaciones sean la expresión de la verdad.
Art. 2º La prisión preventiva no procede en los casos de difamación ó injuria contra funcionarios públicos.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 14 días del mes de setiembre de 1914; año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración.
DR. BAEZ.
El Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública: J. B. Peynado.
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