Texto de la norma
Núm. 5306.—DECRETO del P. E. que crea el cargo de Delegado de Fomento y Comunicaciones.—G. O. Núm. 2476 del 7 de Febrero 1914.
GENERAL JOSE BORDAS VALDES, Presidente Constitucional Interino de la República.
Considerando: Que, en atención al desarrollo creciente que se imprime á las obras públicas y á las comunicaciones telegráficas nacionales, se hace necesario refundir la sección técnica, organizada dentro de la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones, por el Decreto de fecha 18 de abril de 1912, en la que mediante este Decreto se crea;
DECRETA:
Art. 1º Se crea el cargo de Delegado de Fomento y Comunicaciones, el cual estará á cargo de un Ingeniero Civil, titulado de una Universidad reconocida como tal.
Art. 2º Queda á cargo de dicho Delegado de Fomento y Comunicaciones inspeccionar y controlar el funcionamiento de la Dirección General de Obras Públicas, de la Dirección General de Telégrafos y Teléfonos y de todas las dependencias de dichos departamentos.
Art. 3º Las atribuciones aquí señaladas al Delegado de Fomento no son limitativas; pues, además de ellas, se considerarán inherentes a ese cargo las que se consignen en el Reglamento que para el caso preparará la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones.
Art. 4º La dotación mensual de este cargo más los gastos de viaje para inspección, serán cubiertos en la Dirección General de Obras Públicas.
Dada en Santo Domingo, capital de la República, a los 2 días del mes de febrero de 1914, año 70 de la Independencia y 51 de la Restauración.
BORDAS VALDES.
Comunicado:—E. Brache hijo, Secretario de E. de Fomento y Comunicaciones.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.