Texto de la norma
Dec. No. 201-07 que crea la Comision de Apoyo a 10s sectores de Zonas Francas
reconocidos: textiles, confeccion, pieles y calzados.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 201-07
CONSIDERANDO: Que actualmente existe en la Republica Dorninicana una amplia
inversion en el sector de zonas francas, las cuales han venido operando bajo el marco
regulatorio de la Ley No.8-90 del 15 de enero de 1990 y su Reglamento de aplicacion,
siendo para el pais de vital importancia el desarrollo y competitividad de dicho sector.
CONSIDERANDO: Que 10s sectores pertenecientes a la cadena textil, confeccihn y
accesorios, pieles, fabricacihn de calzados y manufacturas de cuero, se han constituido en
importantes fuentes generadoras de empleos directos e indirectos a nivel nacional, 10s
cuales fueron considerados como “sectores prioritarios” por el Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que en virtud de la gran competencia que se presenta en el comercio
internacional, es necesario dotar a las zonas francas de la Republica Dorninicana, en
especial a las empresas dedicadas a 10s sectores de textiles, confeccihn, pieles y calzados
ubicadas en ellas, de mecanismos y practicas que le permitan conservar su vocacihn
competitiva en 10s mercados internacionales.
CONSIDERANDO: Que el pais ha venido desarrollando una politica de apertura de sus
mercados, constituyendo la firma del DR-CAFTA una de sus expresiones mis recientes,
por lo que resulta conveniente definir mecanismos e instrumentos financieros que impulsen
la promocihn y apoyo a dicho sector de zonas francas.
VISTA: La Ley No.8-90, de fecha 15 de enero del 1990;
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la
Republica Dorninicana, dicto el siguiente:
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se crea la Comisihn de Apoyo a 10s sectores de Zonas Francas
reconocidos prioritarios: textiles, confeccihn, pieles y calzados; la cual estara integrada por
el Secretario Administrativo de la Presidencia, Lic. Luis Manuel Bonetti, quien la preside,
la Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn (CNZFE),
Licda. Luisa Fernandez Duran, y el Vicepresidente Ejecutivo de la Asociacihn Dorninicana
de Zonas Francas (ADOZONA), Licdo. Jose Manuel Torres Roques.
ARTICULO 2.- La Comisihn tendra como funcihn principal recomendar a1 Estado
dominicano, para que este autorice a las instituciones del sector publico financiero,
cualquier mecanismo que permita apoyar a 10s sectores prioritarios previamente indicados,
ya sea mediante prestamos directos, avales o cualquier otro instrumento financiero, asi
como sugerir y recomendar las condiciones y limites de 10s mismos.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de abril de dos mil siete (2007); aiios 164 de la
Independencia y 144 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
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