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Decreto

Decreto 201-07

que crea la Comision de Apoyo a 10s sectores de Zonas Francas reconocidos: textiles, confeccion, pieles y calzados

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 abr de 2007fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10414Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 201-07 que crea la Comision de Apoyo a 10s sectores de Zonas Francas reconocidos: textiles, confeccion, pieles y calzados. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 201-07 CONSIDERANDO: Que actualmente existe en la Republica Dorninicana una amplia inversion en el sector de zonas francas, las cuales han venido operando bajo el marco regulatorio de la Ley No.8-90 del 15 de enero de 1990 y su Reglamento de aplicacion, siendo para el pais de vital importancia el desarrollo y competitividad de dicho sector. CONSIDERANDO: Que 10s sectores pertenecientes a la cadena textil, confeccihn y accesorios, pieles, fabricacihn de calzados y manufacturas de cuero, se han constituido en importantes fuentes generadoras de empleos directos e indirectos a nivel nacional, 10s cuales fueron considerados como “sectores prioritarios” por el Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que en virtud de la gran competencia que se presenta en el comercio internacional, es necesario dotar a las zonas francas de la Republica Dorninicana, en especial a las empresas dedicadas a 10s sectores de textiles, confeccihn, pieles y calzados ubicadas en ellas, de mecanismos y practicas que le permitan conservar su vocacihn competitiva en 10s mercados internacionales. CONSIDERANDO: Que el pais ha venido desarrollando una politica de apertura de sus mercados, constituyendo la firma del DR-CAFTA una de sus expresiones mis recientes, por lo que resulta conveniente definir mecanismos e instrumentos financieros que impulsen la promocihn y apoyo a dicho sector de zonas francas. VISTA: La Ley No.8-90, de fecha 15 de enero del 1990; En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica Dorninicana, dicto el siguiente: D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea la Comisihn de Apoyo a 10s sectores de Zonas Francas reconocidos prioritarios: textiles, confeccihn, pieles y calzados; la cual estara integrada por el Secretario Administrativo de la Presidencia, Lic. Luis Manuel Bonetti, quien la preside, la Directora Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn (CNZFE), Licda. Luisa Fernandez Duran, y el Vicepresidente Ejecutivo de la Asociacihn Dorninicana de Zonas Francas (ADOZONA), Licdo. Jose Manuel Torres Roques. ARTICULO 2.- La Comisihn tendra como funcihn principal recomendar a1 Estado dominicano, para que este autorice a las instituciones del sector publico financiero, cualquier mecanismo que permita apoyar a 10s sectores prioritarios previamente indicados, ya sea mediante prestamos directos, avales o cualquier otro instrumento financiero, asi como sugerir y recomendar las condiciones y limites de 10s mismos. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de abril de dos mil siete (2007); aiios 164 de la Independencia y 144 de la Restauracihn. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona