LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 193-07
VISTO: El Articulo 22 de la Ley No. 491-06, que crea el Instituto Dominicano de
Aviacion Civil.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se dispone la transferencia de 10s activos y pasivos de la antigua
Direccion de Aeronautica Civil (DGAC), a1 Instituto Dominicano de Aviacion Civil
(IDAC).
ARTICULO 2.- El personal tecnico y administrativo de la antigua Direccion General de
Aviacion Civil, queda integrado como personal tecnico y administrativo del Instituto
Dominicano de Aviacion Civil.
ARTICULO 3.- Enviese a1 Instituto Dominicano de Aviacion Civil, a la Contraloria
General de la Republica y a la Secretaria de Estado de Hacienda, para 10s fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de abril de dos mil siete (2007); aiios 164 de la
Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona