Texto de la norma
Núm. 261.—DECRETO del C. N. que sanciona el Tratado celebrado entre la República y S. M. el Rey de Dinamarca. (1).
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.
Visto y examinado el tratado de paz, amistad, comercio y navegacion, celebrado entre la República Dominicana y S. M. el Rey de Dinamarca, firmado y sellado en Santa Cruz el dia 17 de Diciembre de 1851 por los Plenipotencariios de ambas naciones, a saber:
Por S. M. el Rey de Dinamarca, el Sr. Hans Ditman Frederik, caballero de la órden del Danebrog y Gobernador de sus colonias en las indias occidentales.
Por el Presidente de la República Dominicana, Encargado del Poder Ejecutivo, el Sr. Segismundo Rotschild, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos,
DECRETA:
Artículo único. El Congreso Nacional presta su consentimiento y sancion al tratado de paz, amistad, comercio y navegacion con S. M. el Rey de Dinamarca.
El Congreso Nacional, en nombre de la República Dominicana, ejecútese el decreto que sanciona el tratado de paz, amistad, comercio y navegacion con S. M. el Rey de Dinamarca, el que será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgacion dentro del término Constitucional.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 dias del mes de Abril de 1852, y 9º. de la Patria.—El Presidente del Congreso, R. Miura.—Los Secretarios: Felix Morilla.—Felix M. Delmonte.
Cúmplase, comuníquese y circule en todo el territorio de la República Dominicana el presente decreto.—Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, a 17 de Abril de 1852, año 9º. de la Patria.—El Presidente de la República.—Buenaventura Baez.—Refrendado: el Ministro de Guerra, etc., encargado de la Carte del Interior, Polícía y Relaciones Exteriores, J. E. Aybar.
(1)—V. núm. 252, y D. del C. N. fecha 31 Enero 1853.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.