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Decreto

Decreto 1775

DECRETO del C. N. separando los ramos de alcabala y rastro que corresponden á San Cárlos, del presupuesto de ingresos del Ayuntamiento de la Capital

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 may de 1879fecha
Asunto municipaltipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1775.—DECRETO del C. N. separando los ramos de alcabala y rastro que corresponden á San Cárlos, del presupuesto de ingresos del Ayuntamiento de la Capital. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Considerando: que erigida en común la población de San Cárlos, debe gozar en plenitud de todos los derechos que las leyes le acuerdan por ese concepto. Considerando: que el principal de ellos es su independencia municipal, y por tanto la separación de sus impuestos ó arbitrios de los de toda otra común. Vista la instancia dirigida por el Ayuntamiento de ella, RESUELVE: Art. 1.º Desde el 1.º de Enero de 1880 quedan separados los ramos de alcabala y rastro que corresponden á la común de San Carlos, del ingreso que por el mismo concepto entra en las cajas municipales de esta Capital. Art. 2.º Hasta esa fecha continuará rigiendo la disposición en virtud de la cual percibe el Ayuntamiento de San Carlos el 10 % de lo que produce al de la Capital el arbitrio de alcabala y rastro. Art. 3.º La presente resolución deroga, en la parte que le es contraria, la de la Cámara Legislativa de fecha 13 de Octubre de 1875, desde el 1.º de Enero próximo venidero. (1) Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 23 días del mes de Mayo de 1879, año 36 de la Independencia y 16 de la Restauración.—El Presidente, Francisco Gregorio Billini.—Los Secretarios: Federico Henríquez y Carvajal.—Augusto Franco Bidó. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su puntual cumplimiento. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 26 días del mes de Mayo de 1879, 36 de la Independencia y 16 de la Restauración.—Cesáreo Guillermo.—Refrendado: El Ministro de Interior y Policía, encargado de los Despachos de Guerra y Marina, S. Imbert. (1) V. Núm. 1471.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona