Texto de la norma
Núm. 1744.—DECRETO del P. E. disponiendo que corra por cuenta de la hacienda pública, la erección de un parque en la plaza de la Catedral.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Poder Ejecutivo de la República.
Atendiendo: que hace tiempo existe el deseo de erigir en parque ó plaza de recreo la de la Santa Iglesia Catedral.
Considerando: que la escaséz de fondos en el tesoro del Ilustre Ayuntamiento de esta Capital no permite á esa corporación realizar esa obra de ornato público.
En uso de las facultades de que se halla investido,
DECRETA:
Art. 1º La erección de un parque en la plaza de la Catedral correrá por cuenta de la hacienda pública, con cargo á gastos extraordinarios.
Art. 2º La forma y el costo de esa obra deberá efectuarse por contrata.
Art. 3º El parque deberá estar rodeado de una verja de hierro, y en su centro elevarse una columna en cuyo remate se colocará la estatua de la Libertad.
Art. 4º El costo del parque se pagará con el 20% de los derechos de importación y exportación que cause el contratista en la aduana de Puerto Plata ó en la de esta Capital, ó bien con 5 de las 70 unidades disponibles que entren por la última de dichas oficinas en el tesoro nacional en cada mes por iguales respectos.
Art. 5º El Ministro del Interior queda encargado de la ejecución de este decreto.
Dado en el Palacio Nacional de Gobierno en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, el día 1º del mes de Febrero de 1879, año 35 de la Independencia y 16 de la Restauración.—El Ministro del Interior y Policía, encargado de la Cartera de Guerra y Marina y presidente del Consejo de Secretarios de Estado, Cesáreo Guillermo.—El Ministro de Justicia è Instrucción Pública, encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores, Alejandro Angulo Guridi.—El Ministro de Hacienda y Comercio, Pedro Mª Aristy.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.