Núm. 1856.—DECRETO de la Conv. convocando extraordinariamente al C. N.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Convención Nacional, declarada la urgencia.
Considerando: que convocados los pueblos de la República para elegir el Magistrado que debe ejercer el Poder Ejecutivo, es indispensable que el Congreso Nacional se halle reunido para examinar las actas electorales, computar los votos, proclamar y recibir juramento al elegido de los pueblos.
Considerando: que el Congreso debe en su primera reunión estudiar y resolver varios asuntos importantes á la buena marcha de la administración del Estado.
DECRETA:
Art. 1º Se convoca extraordinariamente para el día 11 de Julio próximo venidero, al Congreso Nacional, para llenar el voto del apartado 1º del artículo 25 de la Constitución del Estado; y para resolver los asuntos que se le recomiendan por esta Convención ó que se le sometan por el Poder Ejecutivo.
Art. 2º Los diputados al Congreso gozarán de un sueldo de ciento cincuenta pesos fuertes, que se satisfará con diarios de cinco pesos.
§ Los administradores de hacienda correspondientes anticiparán el viático á los diputados de provincia y distrito que tengan que venir de ellos á la Capital, á razón de $2 cada legua por ida y vuelta.
Art. 3º El Ejecutivo provisional queda encargado de la puntual ejecución de este decreto.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República á los 19 días del mes de Mayo de 1880, año 37 de la Independencia y 17 de la Restauración.—El presidente, Fernando A. de Meriño.—El secretario, Pedro A. Pérez.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona