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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1842

DESTINANDO EL PRODUCTO DEL DERECHO DE REGISTRO E HIPOTECA AL MUNICIPIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 mar de 1880fecha
Designacióntipo
Gobierno Provisionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1842.—DECRETO del G. P. destinando el producto del derecho de registro é hipoteca al Municipio. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Gregorio Luperón, Presidente provisional de la República. (1) V. D. del C. N. fecha 28 Octubre de este año. Considerando: que merced á la relajación política que nuestras frecuentes revueltas han originado, el sostenimiento ya moral ya material del orden público absorve hoy y absorverá mucho tiempo aún, todos los fondos que ingresen en el tesoro nacional. Considerando, por consiguiente: que solo concediendo franquicias á la agricultura, á la industria y al comercio, creando instituciones que susciten ó favorezcan la iniciativa particular, y dilatando la vida de los Municipios, puede el Gobierno propender al progreso de las localidades y de la nación. Considerando: que los impuestos al movimiento laborioso local deben ser principalmente destinados al desarrollo del mismo movimiento. Oido el parecer del Consejo de Ministros, y en virtud de las facultades de que estoy investido, DECRETO: Art. 1º Mientras la Representación Nacional revise en el sentido de este decreto la ley y decreto vigentes sobre el registro civil y conservación de hipotecas, la parte correspondiente al fisco será entregada por los empleados correspondientes á los tesoreros de Ayuntamientos, para los tesoros municipales, conforme al art. 7º de la primera, y 19 del segundo. Art. 2º Los Ministros de lo Interior y Hacienda quedan encargados del cumplimiento de este decreto. Dado en la ciudad de Puerto Plata, Capital interina de la República, á los 31 días del mes de Marzo de 1880, año 37 de la Independencia y 17 de la Restauración.—Gregorio Luperón.—Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, Alfredo Deetjen.—Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona