Núm. 1793.—DECRETO del P. de la R. disponiendo que la Suprema Corte de Justicia y demás tribunales continúen en el ejercicio de sus funciones.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Cesáreo Guillermo, Presidente de la República.
Considerando: que por motivo de la trasformación constitucional que se ha operado en las provincias de Santo Domingo, Azua, Seybo y en el distrito de Samaná, el Poder Judicial que existía por el pacto fundamental de 25 de Febrero de 1879 ha cesado en toda la República, así como las leyes en virtud de las cuales ejercían su mandato la Suprema Corte de Justicia y los tribunales de primera instancia. En nombre de la República,
DECRETO:
Art. 1º La Suprema Corte de Justicia y los tribunales de primera instancia continuarán en el ejercicio de las atribuciones que les acuerdan los Códigos y leyes en vigor, y á las prescripciones de unos y otras sujetarán todos sus actos.
Art. 2º El Secretario del Despacho de Justicia queda encargado de la ejecución de este decreto.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 29 días del mes de Julio de 1879, año 36 de la Independencia y 16 de la Restauración.—Cesáreo Guillermo.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona