Texto
Texto de la norma
Núm. 1763.—DECRETO del P. de la R. encargando del P. E. al Consejo de Secretarios de Estado.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Cesáreo Guillermo, Presidente de la República.
Debiendo emprender viaje hacia las poblaciones del Sud-Oeste de la República, con objeto de conocer por mí mismo sus más apremiantes necesidades, y aplicarles el remedio más eficaz y oportuno, en la medida de mis facultades; y á fin de que el despacho regular de los asuntos públicos no sufra retardo ni entorpecimiento por mi ausencia de la Capital,
Vengo en decretar y
DECRETO:
Artículo único. Durante mi ausencia de la Capital, ejercerá el Poder Ejecutivo el Consejo de Secretarios de Estado, conforme lo previene el artículo 61 de la Constitución.
Dado en Santo Domingo, á 24 de Marzo de 1879, 36 de la Independencia y 16 de la Restauración.—Cesáreo Guillermo.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona