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Decreto

Decreto 1712

DECRETO del P. E. suspendiendo los decretos de elecciones para Presidente de la República, y convocatoria del C. N. hasta que se restablezca el orden alterado en Azua

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 oct de 1878fecha
Designacióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1712.—DECRETO del P. E. suspendiendo los decretos de elecciones para Presidente de la República, y convocatoria del C. N. hasta que se restablezca el orden alterado en Azua. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Consejo de Gobierno, encargado del Poder Ejecutivo. Considerando: que el ejercicio del sufragio no puede ejercitir con el decreto ejecutivo fecha 22 de Setiembre último, toda vez que declarados en suspenso los efectos de los cánones constitucionales que garantizan la libertad del pensamiento, y de reunirse los ciudadanos pacíficamente y sin armas, son imposibles la organización de sociedades electorales y el debate por medio de la prensa periódica sobre las diferentes candidaturas. Considerando: que de llevarse adelante las elecciones para la Presidencia de la República en las actuales condiciones políticas, su resultado adolecería de nulidad. En uso de las facultades que ejerce por virtud del artículo 60 de la Constitución, DECRETA: Art. 1º Se suspenden las elecciones y la convocatoria del Congreso dispuestas, por el decreto ejecutivo fecha 22 de Setiembre último, para los días 15, 16, 17 y 25 de este mes, hasta que restablecido el orden público alterado por el alzamiento de Compostela de Azua, cese el estado anormal en que se halla la República. Art. 2º El Ministro de Interior queda encargado de la ejecución de este decreto. Dado en Santo Domingo á los 4 días del mes de Octubre de 1878, año 35 de la Independencia y 16 de la Restauración.—El Ministro de lo Interior y Policía, encargado de la cartera de Guerra y Marina, presidente del Consejo de Secretarios de Es- (1) V. Núm. 1706 y 1707. tado, Cesáreo Guillermo.—El Ministro de Justicia é Instrucción Pública, encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores, Alejandro Angulo Guridi.—El Ministro de Hacienda y Comercio, Pedro Mª Aristy.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona