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Texto de la norma
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Num. 1705.-DECRETO
del Encargado del P. E. encomendando
la Cartera de Relaciones exteriores a1 Ministro de Justicia.
Dios, Patria y Libertsd.-Repiiblica
Dominicans.-Jacintc
de Castro, presidente de la Suprema Corte de Justicia y, en vir-
tud del articulo 61 de la Constituci6n del Estado, encargado de
la presidencia de la Rep6blica.
Considerando: que por la muerte del ciudadano general Ma-
nuel A. CBceres, ha quedado vacante el Ministerio de Relaciones
Exteriores que estaba B su cargo.
En uso de las facultades que me acuerda el articulo 61 y el
FBrrafo 10 del articulo 64 de la Constituci6n del Estado,
DECRETO :
Art. iinico : Encargo a1 licenciado ciudadano Alejandro An-
gulo Guridi, Ministro de Justicia 6 Inatruccih Publica, de la
Cartera de Relaciones Exteriores.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la Republica, A 10s 18 dias del mes de Setiembre de 18'18, 35 dr
la Independencia y 16 de la. Restauraci6n.--Jacinto
de Castro.
N ~ m .
1706.-DECRETO
del P. E. prorrogando por quinlce dim
mas el tbrmino seiizlado en el D. de 7 de este mes . (1)
Dios, Patria y Libertad.-Repiiblica
Dominicans.-Jacintn
de Castro, presidente de la Suprema Corte de Justicia y, en vir-
tud del articulo 61 de la Constitucih del Estado, encargado de
la. presidencia de la Repfiblica.
Considerando : que por la inesperada muerte del general Ma-
nuel A. Ciiceres, Ministro de Relaciones Exteriores, queda acbfala
ilna de las candidaturas para la Presidencia de la Repilblica,
presentada por el partido rojo, comn lo anuncian documentos
publicos que circulan, pe hace necesario diferir la fecha que seki-
la nuestro decreto sabre elecciones de fecha 7 del mes que cursa.
Considerando : que la salvaci6n de 10s principios republica-
(1) V. Num. 1699.
DEC,RETO :
Art. ihico. Se prorroga por quince dias m8s el tiempo acor-
dado para las elecciones A la Presidencia de la RepGblica, en
nuestro decreto de fecha 7 de este mes, debiendo en consecuncia
tener lugar dichas elecciones en 10s dias 16, 1'7 9 18 del mes de
Octubre pr6ximo. (1)
D El presente decreto solamente deroga el art. 20 del ya
<.itado de fecha 7 de Setiembre.
Dado en el Palacio Nacional de Sxnto Domingo, Capital de
la Repfiblica, ft 10s 19 dias del rnes de Setiembre de 1878, ai50 35
de la Independencia y 16 de la Restauraci6n.-Jacinto
de Cas-
tro.-Refrendado:
El Ministro de lo Interior y Policia, Cesftreo
Guillermo.
Nfim. 1707.-DECRETO
del P. E. difiriendo por quince dias el
t6rmino seiialado en el D. de 7 de este mes. (2)
Dios, Patria y 1,ibertad.-RepGblica
Domiriicana.-Jacinto
de Castro, presidente de la Suprema Cork de Justicia y, en
virtud del articulo 61 de la Constitucih del Estado, encargado de
la Presidencia de la RepGblica.
Considerando: que por mi decreto de eeta fecha he prorro-
Fado el tkrmino que por el de fecha 7 del rnes que cursa fij6
para las elecciones B la Presidencia de la R.ep15blica.
En us0 de las facultades que me acuerda el articulo 61 y
(1) Suspendidas por D. fecha 4 Octubre de este aiio.
(2) V. Nbm. 1700.
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