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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1692

CERANDO SUS SESIONES LEGISLATIVAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jul de 1878fecha
Otrostipo
Cámara Legislativaórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1692.—DECRETO de la C. L. cerando sus sesiones legislativas. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.— La Cámara Legislativa, en nombre de la República. Cumpliendo el mandato contenido en el artículo 121 de la Constitución del Estado, DECRETA: Art. único. Disuélvese la Cámara Legislativa, y en su consecuencia quedan cerradas las sesiones ordinarias de la legislatura del año corriente. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo. Capital de la República, á los 6 días del mes de Julio de 1878, año 35 de la Independencia y 15 de la Restauración.—El presidente, Pedro Mª Piñeyro.—El secretario, Gerardo Bobadilla. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su puntual cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 7 días del mes de Julio ed 1878, año 35 de la Independencia y 15 de la Restauración.—Ignacio M. González.—Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, M. M. Gautier.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona