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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 289

CONVOCANDO EXTRAORDINARIAMENTE EL CONGRESO NACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 ene de 1853fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 289.—DECRETO del P. E. convocando extraordinariamente el Congreso Nacional. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez.—Presidente de la República. Atendiendo: A que S. M. el Rey de Dinamarca ha enviado un Representante con solo el objeto de efectuar el cange del Tratado de amistad y comercio estipulado con la República; y Considerando: 1º. que no habiendo sido posible efectuar el canje, por haberse hecho al Tratado ligeras modificaciones, la Comision de S. M. sufriría dilaciones, y quizá perjuicios, si hubiera de esperar la época de las sesiones ordinarias de las Cámaras Legislativas. 2º. Que es urgente y de gran conveniencia para la República dar cuanto ántes al hecho glorioso de su independencia, el apoyo moral que ofrecen los espícitos reconocimientos de los otros pueblos civilizados; y 3º. Que estando convocado extraordinariamente el Congreso para efectuar el escrutinio de los registros electorales, sin perjuicio notable de los Representantes, puede ocuparse tambien de examinar el referido Tratado; DECRETO: Art. único. Se convoca extraordinariamente el Congreso para el dia 26 de los corrientes, con el objeto de que examine las modificaciones que ha sufrido el Tratado de amistad, paz y comercio estipulado entre la República y Su Magestad el Rey de Dinamarca. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 25 dias del mes de Enero de 1853, y 9º. de la Patria.—Buenaventura Baez.—Refrendado: El Ministro del Interior, Policía y Relaciones Exteriores.—P. E. Pelletier.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona