Texto de la norma
Núm. 289.—DECRETO del P. E. convocando extraordinariamente el Congreso Nacional.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez.—Presidente de la República.
Atendiendo: A que S. M. el Rey de Dinamarca ha enviado un Representante con solo el objeto de efectuar el cange del Tratado de amistad y comercio estipulado con la República; y
Considerando: 1º. que no habiendo sido posible efectuar el canje, por haberse hecho al Tratado ligeras modificaciones, la Comision de S. M. sufriría dilaciones, y quizá perjuicios, si hubiera de esperar la época de las sesiones ordinarias de las Cámaras Legislativas.
2º. Que es urgente y de gran conveniencia para la República dar cuanto ántes al hecho glorioso de su independencia, el apoyo moral que ofrecen los espícitos reconocimientos de los otros pueblos civilizados; y
3º. Que estando convocado extraordinariamente el Congreso para efectuar el escrutinio de los registros electorales, sin perjuicio notable de los Representantes, puede ocuparse tambien de examinar el referido Tratado;
DECRETO:
Art. único. Se convoca extraordinariamente el Congreso para el dia 26 de los corrientes, con el objeto de que examine las modificaciones que ha sufrido el Tratado de amistad, paz y comercio estipulado entre la República y Su Magestad el Rey de Dinamarca.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 25 dias del mes de Enero de 1853, y 9º. de la Patria.—Buenaventura Baez.—Refrendado: El Ministro del Interior, Policía y Relaciones Exteriores.—P. E. Pelletier.
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