miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 256

CONMUTANDO LA PENA DE MUERTE AL CONDENADO MIGUEL DESUS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 mar de 1852fecha
Indultotipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 256.—DECRETO del P. E. conmutando la pena de muerte al condenado Miguel Desus. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez.—Presidente de la República. En vista de la solicitud de Miguel Desus, soldado del primer batallon del regimiento de las Matas, acusado de haber proferido palabras subversivas y de amenazas a sus gefes, condenado a muerte por sentencia del Consejo de guerra de la pro- vincia de Azua, fecha 2 de Febrero próximo pasado, y confirmada por la del Consejo de Revision de esta Capital de fecha 28 del mismo mes, quien lo puso a disposicion del Gobierno implorando el condenado la gracia de que se le perdone la vida. Vistas las diferentes piezas obradas en esta causa. Considerando: que los crímenes de que se acusa al condenado no han producido ninguna tentativa seguida de un principio de ejecucion, y que cuando mas él solo ha sido el que formó la resolucion de cometerlo, y que el querer hacer remontar al Gobierno vituperios infundados es una accion mezquina que el mismo Gobierno, apreciando su valor, debe desechar. Considerando: que la seguridad pública está encomendada al Gefe del Estado, y que éste está satisfecho de que con sucesos tan aislados de ninguna manera puede comprometerse. Y últimamente, atendiendo á que si nosotros debemos ser fuertes y rigurosos en la guerra y precavidos para evitar cualesquiera perjuicios, debemos ser tambien magnánimos y generosos con nuestros enemigos y con los que de ellos proceden, para no desmentir la justicia de nuestra causa, y los principios que ha seguido la República constantemente. Por estos y otros motivos, y en virtud de las facultades extraordinarias que me concede el artículo 210 de la Constitucion, y que me ha conferido la Representacion Nacional, he venido en hacerle gracia a Miguel Desus de la pena de muerte á que fué condenado, conmutándosela en la de confinacion por cinco años en la villa de Bayaguana, donde deberá residir y ser puesto bajo la vigilancia de la alta policía. El Secretario de Estado y del Despacho del Interior y Policía cuidará de la ejecucion de la presente resolucion.—Santo Domingo y Marzo 4 de 1852, y 9.º.—El Presidente de la República.—Buenaventura Baez.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona