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Decreto

Decreto 254

DECRETO de la Diputacion Provincial de Santiago, sobre admision de proposiciones para el establecimiento de trasportes á Monte Cristi, y apertura del camino carretero a Puerto Plata

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 feb de 1852fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 254.—DECRETO de la Diputacion Provincial de Santiago, sobre admision de proposiciones para el establecimiento de trasportes á Monte Cristi, y apertura del camino carretero a Puerto Plata Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Diputacion Provincial de Santiago de los Caballeros, en su sesion del dia 15 del corriente mes ha decidido lo siguiente: Considerando: que de pocos años á esta parte se ha aumentado rápidamente la agricultura y el comercio exterior de estas Provincias, y que a causa del incremento extraordinario de los frutos de exportacion y efectos importados, se hace indispensable emplear cuantos medios sean posibles para mejorar las comunicaciones con los puertos de embarque. Considerando: que la vía existente entre esta ciudad y la de Monte Cristi es de treinta leguas, camino llano, y que mejorando puede proporcionar grandes ventajas, disminuyendo el alto precio de los fletes de conduccion, que tan pernicioso efecto ejerce en el desarrollo de la industria. Considerando: que con buenos caminos se exportarían muchos frutos y producciones, como mieles, cuya cantidad es considerable, café, algodon, minerales y maderas de construccion; cuyo trasporte en la actualidad á los puertos de la costa es imposible, á causa del crecido precio de los fletes. Considerando: que el número de cargas trasportadas en el año 1851, y el precio exijido por ellas hace imperiosa la necesidad de procurar su disminucion, facilitando las vías y caminos públicos, pues el número y valor pagado es como sigue: 65000 serones de tabaco pagados a $ 21½ fuertes $ 162500 600 cargas de serones vacíos, cueros, cera, andullos, granos, & pagados a $ 3 fuertes .......... 1800 20000 cargas de mercancías, comestibles, &., traidas de Puerto Plata, $ 3.... .......... 60000 Total....... ...... ..... ... ...... $ 224300 Considerando: que la ciudad de San Felipe de Puerto Plata dista solamente de Santiago geográficamente siete y media leguas francesas comunes, y que los impedimentos que ofrece la naturaleza del terreno no son insuperables; HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA: Artículo 1º. Se recibirán proposiciones razonables en esta Gefatura durante tres meses consecutivos, á contar desde el 15 de Marzo próximo, de nacionales ó extranjeros, con fianzas suficientes y solventes para el establecimiento de trasportes de esta ciudad al puerto de Monte Cristi, por carros, ferro-carriles, ó por el rio. Yaque, y para la construccion de un muelle en aquel puerto, proporcionado al comercio del pais. Art. 2. Se recibirán proposiciones para la apertura de un camino nuevo carretero, ó para bestias, de esta ciudad a la de Puerto Plata, en la línea mas recta posible, siendo la distancia geográfica, como se ha dicho arriba, solamente de siete y media leguas francesas comunes. Art. 3. La Diputacion Provincial, en obsequio de tan importante empresa, ofrece toda su cooperacion á los empresarios, y además, con buena garantía, un préstamo de ochenta á cien mil pesos nacionales de la caja provincial, sin intereses por un año, pagaderos convencionalmente y determinando su valor en fuertes a la entrega. Art 4º. Esto no es mas que un simple bosquejo en cuanto pueda interesar la empresa, pues muchos otros productos y ramos de comercio de grande utilidad se presentarán en concurso. Dado en la Diputacion Provincial de Santiago a los 15 dias del mes de Febrero de 1852, año 8º. de la Patria.—El Gobernador Politico de la Provincia, Domingo A. Rodriguez.—J. E. Eugenio L. Villanueva.—Máximo Grullon.—Manuel Tavares.—U. F. Espaillat.—M. de Lora, Secretario.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona