Núm. 251.—DECRETO del P. de la R. nombrando al Sr. Miguel Lavastida Ministro de Hacienda y Comercio.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez.—Presidente de la República.—Estando vacanté la Cartera de la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio
que interinamente estaba á cargo del Ministro de Guerra y Marina.
Visto el art. 102 al número 4º. de la Constitucion;
HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA:
Art. 1º. El Sr. Miguel Lavastida, juez suplente del Tribunal de apelacion de esta Capital, es nombrado Ministro Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.
Art. 2º. El presente decreto será publicado, impreso y circulado en todo el territorio de la República, á diligencia del Ministro de Guerra y Marina encargado del Despacho de Hacienda y Comercio.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los veinte dias del mes de Setiembre de 1851, año 8º. de la Patria.—El Presidente de la República.—Buenaventura Baez.—Refrendado: el Ministro de Guerra y Marina, encargado de la Cartera de Hacienda y Comercio.—J. E. Aybar.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona