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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 204

AUTORIZANDO AL P.E. PARA LA EMISION DE $1,500.000 EN BILLETES DE $1, 2 Y 5

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 sept de 1849fecha
Otrostipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm 204.—DECRETO del C. N. autorizando al P. E. para la emisión de $ 1.500.000 en billetes de $ 1, 2 y 5. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, prévias las tres lecturas Constitucionales. Considerando: que es de toda necesidad y prevision tener en caja una suma en reserva para poder hacer frente á los gastos que podría ocasionar una nueva invasion de los haitianos. Considerando igualmente: que conviene proveer los arsenales de armas y pertrechos de guerra, uniformes y fornituras, y todo aquello indispensable para la guerra que se sostiene; DECRETA: Art. 1º. Se autoriza al Poder Ejecutivo para hacer fabricar la suma de un millon y medio de pesos en billetes de caja del valor de 1, 2 y 5 pesos de la manerasiguiente : 187500 de a 1 peso; 375000 de á 2 pesos a 937500 de á 5 ps.—1.500.000. Los billetes se fabricarán del tipo que crea más a propósito el Poder Ejecutivo: cada uno llevará tres firmas y tres sellos con su correspondiente numeracion, y la fecha del dia en que se numere; tomando ademas todas las medidas que crea convenientes al mejor y mas fiel desempeño de esta operacion. Art. 2º. Esta suma queda esclusivamente reservada para los gastos de la guerra, en caso de una nueva invasion, y para que á la mayor brevedad provea los arsenales de armas, pertrechos de guerra, fornituras, uniformes y demas de este ramo. Art. 3º. La referida suma queda a la disposicion del Poder Ejecutivo, quien hará las transacciones, compromisos y convenios necesarios para la adquisicion de las armas pertrechos &c. Art. 4º. En tiempo oportuno presentará el Ministro de Hacienda una cuenta tan detallada como necesario sea, de la negociacion é inversion de la suma que solo hará figurar en las cuentas de la Administracion en una sola partida a la clotura de su contabilidad, y con los documentos en apoyo. El Congreso Nacional, en nombre de la República Dominicana, ejecútese el decreto que autoriza la emisión de un millon y quinientos mil pesos, el que será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgacion dentro del término Constitucional. Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 dias del mes de Setiembre de 1849, y 6º. de la Patria.—El Presidente del Congreso, Felix M. Delmonte.—Los Secretarios: Francisco Sardá y Carbonell.—Cristóbal José de Moya. Cúmplase, comuníquese y circule en todo el territorio de la República el presente decreto. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 28 dias del mes de Setiembre de 1849, año 6º. de la Patria.—El Presidente de la República.—Buenaventura Baez.—Refrendado: el Ministro de Hacienda y Comercio.—Mella.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona