Núm. 195.—DECRETO del C. N. facultando al General Santana á continuar con los poderes de que le invistieron los pueblos.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.
Considerando: que en virtud de la entrega que acaba de hacer el general de división Pedro Santana de las facultades con que le invistieron los pueblos de la República, despues del llamamiento del Congreso, el pais queda sin Poder Ejecutivo durante el interregno que media entre la proclamacion del Presidente electo y su prestacion del juramento Constitucional.
Considerando: que este benemérito General ha dado las mas evidentes pruebas de acendrado patriotismo durante el tiempo de su administracion,
HA DECRETADO:
Art. 1º. El general de division Pedro Santana continuará
con las mismas facultades y atribuciones que le confirieron los pueblos de la República, hasta que el Presidente electo preste el juramento Constitucional.
Art 2º. El presente decreto será publicado y ejecutado en todo el territorio de la República á diligencia del general Santana.
Dado en el Palacio Nacional de la República á los 6 dias del mes de Julio de 1849, y 6º. de la Patria.—El Presidente del Congreso.—Buenaventura Baez.—Los Secretarios: Casimiro Cordero.—José de la Peña.—J. M. Pérdomo.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona